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Domicilio Fiscal Electrónico, DFE, de ARBA para Ingresos Brutos y Retenciones

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires, ARBA, mediante la Resolución Normativa Nº 7/2014, publicada en el boletín oficial el día 18 de febrero de 2014, produjo cambios sustanciales en el régimen del Domicilio Fiscal Electrónico, DFE, que deberán cumplir los contribuyentes progresivamente y no como la norma anterior que resultaba optativa. Iván Budassi, Director ejecutivo del fisco bonaerense, indicó que todas las comunicaciones que se intercambien virtualmente  tendrán validez y eficacia jurídica. La utilización del DFE de ARBA se implementó de manera optativa a través de la RN Nº 127/08, BO del 27/02/2009, pero únicamente para aquellos contribuyentes de tributos provinciales que manifestaron en forma expresa su adhesión al mismo, ahora será obligatorio a partir del 15 de marzo […]

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires, ARBA, mediante la Resolución Normativa Nº 7/2014, publicada en el boletín oficial el día 18 de febrero de 2014, produjo cambios sustanciales en el régimen del Domicilio Fiscal Electrónico, DFE, que deberán cumplir los contribuyentes progresivamente y no como la norma anterior que resultaba optativa. Iván Budassi, Director ejecutivo del fisco bonaerense, indicó que todas las comunicaciones que se intercambien virtualmente  tendrán validez y eficacia jurídica.

La utilización del DFE de ARBA se implementó de manera optativa a través de la RN Nº 127/08, BO del 27/02/2009, pero únicamente para aquellos contribuyentes de tributos provinciales que manifestaron en forma expresa su adhesión al mismo, ahora será obligatorio a partir del 15 de marzo próximo todos los contribuyentes inscriptos en el Impuesto de Ingresos Brutos deberán operar a través de la página web, www.arba.gob.ar.

El director de ARBA anunció que a partir del 15 de marzo próximo todos los contribuyentes inscriptos en el Impuesto de Ingresos Brutos deberán operar a través de la página web de la dependencia, a partir de la implementación del «domicilio fiscal electrónico» y que todas las comunicaciones que se intercambien en ese espacio virtual tendrán validez y eficacia jurídica, por lo tanto, todos los avisos y notificaciones electrónicas serán equiparables en términos legales al domicilio fiscal tradicional.

Asegurando que:

  • «el domicilio fiscal electrónico es un nuevo paso en el proceso de modernización de los servicios que la Provincia ofrece al contribuyente».
  • «esta innovación permitirá mantener un contacto fluido y personal con cada contribuyente», y destacó que «se trata de una forma de interacción dinámica, que aprovecha las ventajas que brinda la tecnología y posibilita optimizar los trámites para facilitar el cumplimiento tributario».

El sistema se implementará de forma paulatina y en esta primera instancia los contribuyentes inscriptos en los Ingresos Brutos como los agentes de recaudación, estarán obligados a utilizar el DFE.

Mediante este DFE, ARBA enviará  avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y diversas comunicaciones y los contribuyentes podrán ingresar durante las 24 horas del día utilizando su Clave Unificada Identificatoria Tributaria,  CUIT,  y la Clave de Identificación Tributaria, CIT.

Desde ARBA informaron que el DFE se constituirá como domicilio válido, siendo legítimas y vinculantes todas las notificaciones y comunicaciones que se desarrollen en el sitio personalizado que dispondrá cada contribuyente, debiendo ingresar obligatoriamente los días de nota, que serán los martes y viernes de cada semana, con el fin de verificar si se les ha cursado alguna comunicación o notificación.

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