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Categoría: Otros

Servicio Doméstico: Sueldos y Licencias pagas

Empleada del servicio doméstico
Escrito por Graciela Sabio | 16/08/2009 09:52

El decreto que regula al servicio doméstico es el 326 de muchos años atrás ya que es del año 1956, son domésticas las personas que trabajan 4 o más días por semana, 4 o más horas cada vez, para un mismo empleador y en una sola casa de familia. Los sueldos son actualizados por el Consejo del salario generalmente cuando hay modificaciones en el Salario Mínimo Vital y Móvil, el consejo se reúnen y modifica los sueldos, por ahora están vigentes los del mes de noviembre del año 2008.

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Seguinos

En aquellos casos en que el trabajador conviva, los empleadores podrán convenir especialmente la reducción del sueldo a pagar, teniendo en cuenta las prestaciones que reciba en alojamiento y comida.

Licencias pagas:

  • VACACIONES

Le corresponden al trabajador al cumplir un año de antigüedad las vacaciones pagas que varían de acuerdo a la antigüedad en el empleo, es decir:

  1. Entre 1 a 5 años       10 días hábiles
  2. Entre 5 a 10 años     15 días hábiles
  3. Más de 10 años          20 días hábiles

Es necesario que el empleador notifique estas, con una antelación de 20 días antes de la fecha de comienzo de las mismas

  • LICENCIA POR ENFERMEDAD

El personal sin retiro tiene derecho a percibir treinta días pagos por año por enfermedad.

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.