El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
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quisiera saber cuanto es el sueldo trabajo en un call centers de cobranzas trabajo 6 horas
hola, quisiera saber cual es el sueldo basico de 8 horas de administrativa A, desde ya muchas gracias.
Hola Elvia.
Donde leiste lo de 180 horas yo pienso que si trabaja 6 diarias el calculo es 300/200*150 y no por *180? Y las ausencias injunstificadas se descuentan
El SAC si ingreso en nov se calcula proporcional mejor sueldo /2 por cantidad de dias / 180
gracias
Graciela:
Para un empleado jornada reducida 6 horas, lei se calcula (300/200)x180, inciden ausencias injustificadas.
Ahora pregunto, se calcula igual que el SAC? Proporcional al tiempo trabajado durante el año? o Cobra lo mismo el que trabajó todo el año 2007, que quien trabajó por un decir solo Nov. y Dic.?
Gracias!
Hola Raul:
Generalmente cuando el empleador quiere pagarte un plus por tu capacidad o bien por que se lo da a todo el personal, considerando que es poco el basico, lo coloca «A cta, futuro Aumento» cuando los gremios consiguen nuevos basicos, el empleador si quiere puede absorberlo o no.
Los descuentos de seguridad social se hacen sobre tu sueldo bruto sin tener en cuenta lo que e pagan como No Remunerativo, salvo que en la homologación diga que lleva lgún descuento, por ejemplo obra social o a veces el sindicato.
espero me haya entendido.
muchas gracias