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AFIP: Vencimiento para pagar cuota de autónomos en septiembre de 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó la publicación del calendario de vencimientos para el corriente mes. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla el cronograma con las fechas de vencimiento para pagar la cuota de autónomos en septiembre de 2015. De esta forma, los contribuyentes inscriptos en el Régimen General tienen la oportunidad de conocer hasta cuándo tienen tiempo de abonar sus aportes y contribuciones de la Seguridad Social. El calendario con las fechas de vencimiento para los trabajadores autónomos en septiembre de 2015 varía dependiendo de la finalización del CUIT. El mismo es el siguiente: Finalización del CUIT Vencimiento 0 y 1 03/09/2015 2 y 3 04/09/2015 4 y 5 07/09/2015 6 y 7 08/09/2015 8 y 9 09/09/2015 […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó la publicación del calendario de vencimientos para el corriente mes. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla el cronograma con las fechas de vencimiento para pagar la cuota de autónomos en septiembre de 2015. De esta forma, los contribuyentes inscriptos en el Régimen General tienen la oportunidad de conocer hasta cuándo tienen tiempo de abonar sus aportes y contribuciones de la Seguridad Social.

El calendario con las fechas de vencimiento para los trabajadores autónomos en septiembre de 2015 varía dependiendo de la finalización del CUIT. El mismo es el siguiente:

Finalización del CUIT Vencimiento
0 y 1 03/09/2015
2 y 3 04/09/2015
4 y 5 07/09/2015
6 y 7 08/09/2015
8 y 9 09/09/2015

Es importante recalcar que el pago de la cuota de autónomos es a mes vencido. Por lo cual, con la misma se abona Agosto de 2015.

Como lo estipula la Resolución General 3794, se ha establecido un plazo especial de vencimiento para los damnificados por las inundaciones en las provincias de Buenos Aires y Santa Fe, para quienes esta obligación vencerá junto con el cronograma que publique el organismo recaudador en febrero de 2016. aparte, como indica la RG 3795, los obligaciones de septiembre vencerán en enero de 2016.

¿Cómo pagar la cuota de Autónomos?

  • Por débito automático en tarjeta de crédito.
  • Por débito directo en una cuenta bancaria.
  • Por Cajero Automático.
  • Por Internet generando un Volante Electrónico de Pagos (VEP) desde el sito del organismo utilizando la Clave Fiscal y siguiendo los pasos indicados AQUÍ.
  • Personalmente en cualquier entidad que haya sido habilitada por el organismo para efectuar el pago. Para ello es necesario presentar el Formulario 1101 o decir al cajero el Código de Registro Autónomo y el período que se quiera pagar.

Las dos primeras opciones generan un reintegro que equivale al impuesto mensual.

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