Empleada del servicio doméstico

Personal del Servicio domestico, descanso de la jornada laboral

Todas las personas empleadas en el servicio doméstico sin retiro, gozarán de los siguientes beneficios:            a) Reposo diario nocturno de 9 horas consecutivas como mínimo, que sólo podrá ser interrumpido por causas graves o urgentes. Además, gozarán de un descanso diario de 3 horas entre sus tareas matutinas y vespertinas.            b) Descanso semanal de veinticuatro horas corridas o en su defecto dos medios días por semana a partir de las quince horas fijado, teniendo en consideración las necesidades del empleado y del empleador. En caso que un matrimonio conjuntamente preste servicios a un dueño de casa o padres con sus hijos, las retribuciones deberán ser convenidas en forma individual y abonadas separadamente. Los trabajadores que trabajan sin retiro […]

Todas las personas empleadas en el servicio doméstico sin retiro, gozarán de los siguientes beneficios:

           a) Reposo diario nocturno de 9 horas consecutivas como mínimo, que sólo podrá ser interrumpido por causas graves o urgentes. Además, gozarán de un descanso diario de 3 horas entre sus tareas matutinas y vespertinas.
           b) Descanso semanal de veinticuatro horas corridas o en su defecto dos medios días por semana a partir de las quince horas fijado, teniendo en consideración las necesidades del empleado y del empleador.
En caso que un matrimonio conjuntamente preste servicios a un dueño de casa o padres con sus hijos, las retribuciones deberán ser convenidas en forma individual y abonadas separadamente.
Los trabajadores que trabajan sin retiro gozarán de los beneficios de habitación y alimentación.
La alimentación comprenderá como mínimo desayuno, almuerzo y cena, y estará adecuada a los usos y costumbres de la casa.
Los hijos menores de 14 años u otro miembro de la familia que convivan en la casa donde presten servicios no serán considerados servicio doméstico. De hecho, los empleadores, según lo convenido, podrán deducir del sueldo del empleado, las prestaciones que la familia del trabajador reciba por alojamiento y/o comida.
El decreto 7979/1956 establece una prestación en dinero por habitación y comida durante el período de vacaciones del empleado, aunque el empleador podría sustituir por dinero los importes equivalentes a estas prestaciones. A la fecha no existe un importe vigente para estas prestaciones

35 comentarios en “Personal del Servicio domestico, descanso de la jornada laboral”

  1. Hola que tal? Yo tengo una empleada en blanco que ahora le agarro Cancer. Le pagamos 2 meses de sueldo. Queria saber si le tengo que seguir pagando o no? Gracias.

  2. BUENAS NOCHES:ME GUSTARIA SABER SI LO QUE ME ESTAN PAGANDO ESTA BIEN ,TRABAJO DE 9 A 10 HORAS PÒR DIA DE LUNES A VIERNES CUIDANDO UNA NENA DE UN AÑO Y OCHO MESES Y PRONTO NACE EL HERMANITO Q TAMBIEN LO TENGO QUE CUIDAR YO .TAMBIEN HAGO ALGO DE LIMPIESA Y PLANCHO ,ME PAGAN 1300 MAS APORTES QUE ES 81.85 POR MES NO ME PAGAN BIATICOS .TAMPOCO SE COMO HACER LO DE LA OBRA SOCIAL `PORQUE ELLOS ME PAGAN PERO NOSE COMO HACER PARA AFILIARME A UNA .DESDE YA MUCHAS GRACIAS

  3. hola, una chica esta trabajando en casa tres horas cada dia, tres veces por semana…corresponde hacerle los aportes de acuerdo al estatuto del servicio domestico?…porque por lo que lei no estaria comprendida….en ese caso como tengo que hacer para que ella tenga por lo menos obra social?

  4. Hola : tengo una empleada domestica que trabaja en casa cinco dias a la semana durante cuatro horas , dos dias realiza limpieza y tres dias niñera , ella tuvo un accidente en la via publiaca fuera de su horario y tiene 30 dias de reposo, quisiera saber como le tengo que pagar su sueldo, porque me dicen que no le tendria que pagar todos los dias. Gracias

  5. Hola: en el caso que se encuadre en la quinta categoria donde dice por una labor maxima de 4 horas de trabajo diario = $ 571.- eso corresponde de Lunes a viernes o de lunes a sabados y en caso de que no incluya el sabado como se calcula el msmo Gracias

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