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ARBA: Otorga mas plazo para declarar inmuebles y para el Plan de pagos

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA,  debido a los múltiples problemas técnicos y operativos  ha resuelto que se consideren presentadas en término, al 31 de octubre próximo, las declaraciones juradas informativas sobre inmuebles rurales ya vencidas, correspondientes a 2006, 2007 y 2008. La obligación fue fue puesta en marcha a través del Régimen de información de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural. ARBA da más tiempo para informar datos sobre inmuebles rurales y considerará presentadas en término, al 31 de octubre próximo, las declaraciones juradas vencidas, correspondientes a 2006, 2007 y 2008 debido a múltiples problemas técnicos-operativos. Desde el organismo, anunciaron que la prórroga «se ha brindado en pos de alcanzar los objetivos del sistema implementado […]

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA,  debido a los múltiples problemas técnicos y operativos  ha resuelto que se consideren presentadas en término, al 31 de octubre próximo, las declaraciones juradas informativas sobre inmuebles rurales ya vencidas, correspondientes a 2006, 2007 y 2008. La obligación fue fue puesta en marcha a través del Régimen de información de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural.

ARBA da más tiempo para informar datos sobre inmuebles rurales y considerará presentadas en término, al 31 de octubre próximo, las declaraciones juradas vencidas, correspondientes a 2006, 2007 y 2008 debido a múltiples problemas técnicos-operativos.

Desde el organismo, anunciaron que la prórroga «se ha brindado en pos de alcanzar los objetivos del sistema implementado y con la finalidad de permitir a los responsables cumplir en tiempo y forma con las obligaciones impuestas, la cual representa una clara oportunidad de cumplimiento, con la salvedad de que el nuevo plazo no será ampliado».

Además, ARBA extendió hasta fin de mes el plan de pagos de hasta 60 cuotas para deudas impositivas con importantes bonificaciones por abonar al contado aquellas deudas que no se encuentran en juicio. A su vez, continúa un esquema de descuentos para las deudas en etapa judicial con quitas de hasta el 80 % en los intereses.

Para las deudas que no están en juicio, de los impuestos Inmobiliario, Automotor, sobre los Ingresos Brutos, Sellos vencidas o devengadas al 31 de diciembre de 2008 y planes de pago caducos a dicha fecha, se otorgan bonificaciones del 80 % siempre que se cancelen en uno ó tres pagos.

El fisco considera importante aclarar que los planes con descuentos en ningún caso significa que el ciudadano moroso que se adhiera vaya a abonar menos que si hubiera pagado en término.

También, los contribuyentes que prefieran regularizar el pago en cuotas deberán abonar un anticipo del 5 % y el saldo en planes que podrán ser de:

  • 6 a 15 cuotas con una bonificación por pago en término del 15% sobre el valor de la cuota.
  • 18 a 24 cuotas no obtendrán bonificación
  • 27 a 60 cuotas se aplica un interés de financiación del 1% sobre saldo.

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