Mediante la publicación de la Resolución General 3.839/2016, AFIP ha establecido nuevos importes de la ganancia bruta de los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados para presentar el Régimen de Información de Ganancias y Bienes Personales. Además, el organismo recaudador ha incluido nuevas deducciones y reemplazó el Formulario 649.
Con los nuevos montos de ganancia bruta establecidos en la RG 3839/2016, se encuentran obligados a cumplir con el Régimen de Información de Ganancias y Bienes Personales los siguientes contribuyentes:
- Declaración Jurada Informativa de Ganancias:
- Los que estén inscriptos en el tributo.
- Los autónomos que tengan ingresos por cualquier actividad comercial, exceptuando los monotributistas incluyendo los ingresos que obtengan por todas sus actividades autónomas.
- Los empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores, que perciban sus remuneraciones mediante la Asociación Argentina de Actores, con ingresos brutos anuales iguales o mayores a $300.000.
- Declaración Jurada Informativa de Bienes Personales:
- Los inscriptos en el impuesto.
- Aquellos que al 31 de diciembre del año anterior cuenten con bienes con una valuación mayor a $305.000.
- Los jubilados, pensionados, trabajadores en relación de dependencia y actores, que obtengan sus ingresos por la Asociación Argentina de Actores, con ingresos brutos anuales iguales o superiores a $200.000.
Por otro lado, AFIP ha reemplazado el Formulario 649 por la «Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia», cuyo formato consta en el Anexo VII de la RG 3839/2016 y es el siguiente:
Anexo (artículo 1°)
Anexo vii resolución general n° 2.437, sus modificatorias y complementarias
(Artículo 14)
Liquidación de impuesto a las ganancias – 4ta. categoría relación de dependencia
Fecha:
Empleado: “CUIL”, “Apellido y Nombres”, “Dato adicional optativo1”
Agente de Retención: “CUIT”, “Denominación Legal”
Período Fiscal: “aaaa”
Se extiende el presente certificado para constancia del interesado:
“Lugar y fecha”
Firma del responsable
Identificación del responsable
1 Vgr. “Número de legajo”, “Código de identificación interno del empleado”
Dicha disposición es aplicada para las DDJJ Informativas correspondientes a los períodos fiscales 2015 y siguientes.
Recordemos que lfecha de vencimiento del régimen informativo de Ganancias y Bienes Personales vence el 30 de junio de 2016.
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