Cuaderno con logo de la AFIP

AFIP: Vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Octubre de 2016

El cronograma de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estipula que el lunes 18 inicia el vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Octubre de 2016, el cual varía de acuerdo al dígito verificar del CUIT. Los sujetos alcanzados por esta obligación presentar su su Declaración Jurada (DDJJ) desde la página web www.afip.gov.ar utilizando su Clave Fiscal. La DDJJ del Régimen Informativo de Compras y Ventas de octubre comprende las operaciones comerciales que realizaron los contribuyentes a lo largo el período fiscal Septiembre/2016. Para generarla, es necesario utilizar la versión 1 – release 0 del programa aplicativo que está disponible en el sitio del organismo recaudador. Luego de generada, la Declaración Jurada debe ser emitida mediante «Presentación […]

El cronograma de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estipula que el lunes 18 inicia el vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Octubre de 2016, el cual varía de acuerdo al dígito verificar del CUIT. Los sujetos alcanzados por esta obligación presentar su su Declaración Jurada (DDJJ) desde la página web www.afip.gov.ar utilizando su Clave Fiscal.

La DDJJ del Régimen Informativo de Compras y Ventas de octubre comprende las operaciones comerciales que realizaron los contribuyentes a lo largo el período fiscal Septiembre/2016. Para generarla, es necesario utilizar la versión 1 – release 0 del programa aplicativo que está disponible en el sitio del organismo recaudador.

Luego de generada, la Declaración Jurada debe ser emitida mediante «Presentación de DDJJ y pagos» del portal del Fiscal Nacional con la Clave Fiscal, la cual se puede sacar por Internet siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.

El cronograma con las fechas de vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Octubre de 2016 es el siguiente:

Finalización del CUIT Fecha de Vencimiento
0 – 1 18/10/16
2 – 3 19/10/16
4 – 5 20/10/16
6 – 7 21/10/16
8 – 9 24/10/16

Esta obligación comprende a los contribuyentes comprendidos por la Resolución General 2.485, excepto los indicados en RG 3.067, y el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones previsto en el Apartado A Título II de la RG 1361; y las registradas en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) desde el 1ero de enero de 2014.

Un dato a tener en cuenta es que el martes 1° de noviembre de 2016 será obligatoria la utilización de la Factura Electrónica para todos los contribuyentes. Con lo cual, todos los sujetos tendrán que informar su compras y ventas a AFIP.

Es importante tener en cuenta que este cronograma coincide con el del vencimiento del IVA. La Declaración Jurada de dicho tributo se puede generar como se indica ACÁ.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *