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AFIP: Vencimiento del 4° anticipo de Ganancias y Bienes Personales

Mañana, martes 13 de diciembre de 2016, inicia el vencimiento del 4° anticipo del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar permite consultar el cronograma con las fechas estipuladas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que los contribuyentes cumplan con el pago de dicha obligación. El corriente mes vence el cuarto anticipo de Ganancias y Bienes Personales. Dicha obligación tiene que ser cumplida por los contribuyentes inscriptos en el Régimen General (Autónomos) que han sido alcanzados por alguno de dichos tributos en el período fiscal 2015. El cálculo del anticipo se tiene que realizar dividiendo por cinco el pago del impuesto determinado en base a todas las […]

Mañana, martes 13 de diciembre de 2016, inicia el vencimiento del 4° anticipo del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar permite consultar el cronograma con las fechas estipuladas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que los contribuyentes cumplan con el pago de dicha obligación.

El corriente mes vence el cuarto anticipo de Ganancias y Bienes Personales. Dicha obligación tiene que ser cumplida por los contribuyentes inscriptos en el Régimen General (Autónomos) que han sido alcanzados por alguno de dichos tributos en el período fiscal 2015.

El cálculo del anticipo se tiene que realizar dividiendo por cinco el pago del impuesto determinado en base a todas las operaciones comerciales que se hayan efectuado a lo largo del año pasado. En caso de no cumplir con esta obligación, AFIP cobrará intereses.

El calendario con las fechas de vencimiento del 4° anticipo de Ganancias y Bienes Personales es el siguiente:

Finalización del CUIT Vencimiento
0, 1, 2 ó 3 Martes 13/12/2016
4, 5 ó 6 Miércoles 14/12/2016
7, 8 ó 9 Jueves 15/12/2016

La Declaración Jurada de Ganancias debe ser confeccionada con el Formulario 711 y la de Bienes Personales con el Formulario 762 utilizando el aplicativo «Ganancias Personales Físicas – Bienes Personales». La remisión de la misma se tiene que realizar mediante el servicio «Presentación de DDJJ y Pagos» de la página oficial del Fisco Nacional utilizando la Clave Fiscal, la cual se puede generar siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.

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