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AFIP: Consultar nueva categoría del Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado una opción en su página web que permite a los monotributistas consultar su nueva categoría en el Monotributo por Internet. De esta forma, con solamente visitar la página web www.afip.gov.ar e indicar el número de CUIT, el Pequeño Contribuyente puede conocer cuál ha sido la recategorización oficial que se le ha aplicado. El 10 de enero de 2017, AFIP ha cumplido con la recategorización de oficio del Monotributo. De la mano de la misma, el organismo recaudador ha categorizado en una escala menor a cada uno de los Pequeños Contribuyentes respecto a escala vigente al 31 de diciembre de 2016. Con el fin de simplificar la consulta, el Fisco Nacional habilitó […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado una opción en su página web que permite a los monotributistas consultar su nueva categoría en el Monotributo por Internet. De esta forma, con solamente visitar la página web www.afip.gov.ar e indicar el número de CUIT, el Pequeño Contribuyente puede conocer cuál ha sido la recategorización oficial que se le ha aplicado.

El 10 de enero de 2017, AFIP ha cumplido con la recategorización de oficio del Monotributo. De la mano de la misma, el organismo recaudador ha categorizado en una escala menor a cada uno de los Pequeños Contribuyentes respecto a escala vigente al 31 de diciembre de 2016.

Con el fin de simplificar la consulta, el Fisco Nacional habilitó una página en la cual se puede consultar la nueva categoría del Monotributo para de esta manera conocer el monto a ingresar cada mes. Para hacerlo es necesario hacer clic ACÁ e indicar el número de CUIT.

Si se realiza el pago por débito automático, ya sea en cuenta o con tarjeta de crédito, o mediante el sistema de homebanking se estarán pagando los valores correspondientes a la nueva categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

En caso de abonar personalmente en el banco o en otra entidad de pago (Rapipago, PagoFácil o ProvinciaPagos), seguramente los montos ingresados en enero y febrero estarán desactualizados. En este caso se tendrá que pagar la diferencia usando el Formulario 155, el cual se puede bajar ingresando en ESTE enlace. Los códigos a usar para completar el mismo son:

  • Diferencia del Impuesto Integrado: 20-019-078
  • Diferencia de las Cotizaciones Previsionales: 21-019-078

Los monotributistas tendrán tiempo de pagar los intereses correspondientes hasta el 31 de mayo de 2017. A partir de dicha fecha se considerarán una deuda y generarán intereses.

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