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Liquidar vacaciones del Servicio Doméstico

Estos últimos días hemos recibido varias consultas de usuarios que desean saber cómo liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico. Es por esta razón que decidido publicar este artículo para aclarar la forma en la cuál el empleador de Casas Particulares tiene que pagar dicha licencia, la cual se tiene que pagar sin importar que esté o no registrado en AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Al momento de liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico, el empleador tiene que tomar la antigüedad al 31 de diciembre de cada año. Es decir, si la persona comenzó a trabajar el 1ero de enero del corriente año no corresponde la liquidación de las vacaciones. Las vacaciones deben ser otorgadas por el empleador desde el […]

Estos últimos días hemos recibido varias consultas de usuarios que desean saber cómo liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico. Es por esta razón que decidido publicar este artículo para aclarar la forma en la cuál el empleador de Casas Particulares tiene que pagar dicha licencia, la cual se tiene que pagar sin importar que esté o no registrado en AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).

Al momento de liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico, el empleador tiene que tomar la antigüedad al 31 de diciembre de cada año. Es decir, si la persona comenzó a trabajar el 1ero de enero del corriente año no corresponde la liquidación de las vacaciones.

Las vacaciones deben ser otorgadas por el empleador desde el 1ero de octubre hasta 30 de abril, debiendo cada tres años ser en verano. La notificación del período de descanso se tiene que realizar de manera fehaciente con una anticipación no menor a 45 días.

La cantidad de días de vacaciones de Empleados Domésticos son las siguientes:

Antigüedad Cantidad de días de vacaciones
Menos de 5 años 14
De 5 a 10 años 21
De 10 a 20 años 28
Más de 20 años 35

Es muy importante tener en cuenta que se trata de días corridos, no hábiles.

En caso de que el personal doméstico no haya trabajado la mitad del año y continúe trabajando al 31 de diciembre, la cantidad de días de vacaciones es de un día de descanso por cada 20 días trabajados efectivamente.

La liquidación de las vacaciones para el Servicio Doméstico se realiza de la siguiente manera:

Jornalizados por hora: En este caso, se liquida los días que hubiese trabajado durante las vacaciones multiplicado por la cantidad de horas que trabaja habitualmente y por el monto que cobran por hora.

Jornalizados por día: Se liquidan la cantidad de días que hubieran trabajado por el monto que cobran por día.

Mensualizados:

Se abona al inicio de las mismas y se calculan multiplicando el número de días que hubiese tenido que trabajar durante sus vacaciones por el jornal diario percibido. A fin de mes pagar los días que restan trabajados.

 

Cabe recalcar que el pago de las vacaciones se tiene que hacer sin importar que la persona esté o no en blanco.

Aquellos interesados en consultar la Escala Salarial 2017 del Servicio Doméstico deben ingresar AQUÍ.

128 comentarios en “Liquidar vacaciones del Servicio Doméstico”

  1. Quisiera saber el valor de sábado y domingo 26 hrs en total por fin de semana..cuido una Sra en silla de ruedas y hago todas las cosas de la casa incluyendo cocinar….y quisiera saber si puedo pedir el aumento del 25 % soy de Chubut

    1. Emiliana La legislación nada dice del trabajo los fines de semana, solo que deben pagarte a razón de $127 la hora y que los sábados después de las 13.00 horas, domingos y feriados se pagan doble, por lo que deberías hacer las cuentas y ver algo razonable para que te paguen

      1. Muchas gracias…otra consulta en que categoría quedo la hora a 146.75 al sumarle el 25%??por que yo trabajo de lunes a viernes de 16hrs a 23hrs cuido 2 personas discapacitadas una abuela de 85 años que tiene todo un lado inmóvil está en silla de ruedas…una nena de 24 años con problema de retraso madurativo..al mismo tiempo lavo limpio plancho y cocina…en provincia de Chubut…cuanto más o menos tendría que estar ganando

  2. Trabajo sábado y domingo..total de horas por los 2 días.. 26 horas semanales..cuanto tendría que estar cobrando por semana..y tengo derecho a solicitar el 25% de aumento..soy de Chubut…gracias

  3. Bs tardes,trabajo hacen 14 años y jamás m pagaron vacaciones,para mi empleador no existe el día d la empleada doméstica,según ella es una estupidés,tmb quisiera saber cto es mi sueldo,trabajo 5 hs d lunes a viernes.gracias.

  4. Buenos días! Mi pregunta es: si el valor de la hora de la empleada es igual cuando trabaja por hora o mensualizada? Y viviendo en la Pcia de Río Negro a cuanto se elevaría el calor de la hora? Gracias

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