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AFIP: Revisión de criterio para valuación de inmuebles

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó las tablas con las valuaciones a tener en cuenta para liquidar Bienes Personales del año pasado. Como ocurre cada año, los valores han generado críticas por parte de los contribuyentes. Sin embargo, según informó Ámbito Financiero, el Fisco podría hacer una revisión de su criterio de valuación para los inmuebles. Las valuaciones de los bienes inmuebles que figuran en la Resolución General 4018-APN-AFIP sin inamovibles. A pesar de ello, el organismo a cargo de Alberto Abad estaría analizando la posibilidad de modificar el criterio utilizado para valuar los inmuebles, el cual se aplica desde 2013, dando un alivio a los contribuyentes. La valuación se debe hacer al costo actualizado (actualmente no se […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó las tablas con las valuaciones a tener en cuenta para liquidar Bienes Personales del año pasado. Como ocurre cada año, los valores han generado críticas por parte de los contribuyentes. Sin embargo, según informó Ámbito Financiero, el Fisco podría hacer una revisión de su criterio de valuación para los inmuebles.

Las valuaciones de los bienes inmuebles que figuran en la Resolución General 4018-APN-AFIP sin inamovibles. A pesar de ello, el organismo a cargo de Alberto Abad estaría analizando la posibilidad de modificar el criterio utilizado para valuar los inmuebles, el cual se aplica desde 2013, dando un alivio a los contribuyentes.

La valuación se debe hacer al costo actualizado (actualmente no se aplica) menos un 2% de amortización por año sobre el valor de la propiedad contra la base imponible del Impuesto Inmobiliario o similar o la valuación fiscal. De dicho momento se tiene que tomar el mayor.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad de Buenos Aires ha aplicado años atrás la Valuación Fiscal Homogénea (VHF) y creó la Unidad de Sustentabilidad Contributiva (USC), cuyo valor es 4 y se usa para subir el Impuesto Inmobiliario y ABL a pagar por el propietario.

Siguiendo dicha línea, AFIP comenzó a multiplicar por cuatro la valuación fiscal elevando significativamente los valores de los inmuebles y, obviamente, ajustando lo declarado por los contribuyentes alcanzados por Bienes Personales. Esto no fue bien visto por la Dirección de Rentas de la AGIP, la cual recalcó que la intención no es elevar la valuación fiscal e indicó que esta medida queda reservada para el uso del fisco porteño.

A pesar de lo que piensa AGIP, el organismo recaudador de la Nación siguió aplicando ese criterio, el cual la nueva administración revisaría.

Por otro lado, recordemos que en el caso de los bienes declarados en el Sinceramiento Fiscal, el valor a tener en cuenta es el de plaza por el cual de blanqueo.

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