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Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril de 2008  8% Julio 6% Septiembre 6% Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa En el mes de diciembre de […]

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  • Abril de 2008  8%
  • Julio 6%
  • Septiembre 6%
  • Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.

Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas

En el mes de junio de 2008 se abonara:

  • Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
  • Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa

En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de  lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
 

Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio

recibo-de-sueldo-osecac-juniowwweconoblogcomar.xls 

826 comentarios en “Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel”

  1. Hola Mirian:

    Es asi como dice ANSeS que se liquida, se tiene en cuenta el monto que cobras, cobras mas de $100.- cobras la asignación cobras menos de 100 no cobras la asignación. Antiguamente se tenian en cuenta los dias trabajados en el mes, de acuerdo a las fecha de ingreso y egreso pero ahora es el tope salarial.

    gracias

  2. Hola Graciela: te escribo porque con respecto a lo de las asignaciones familiares con 1/2 jornada vos me contestas que se deben abonar integramente hay alguna resolucion que lo avale yo igualmente me fije en asignaciones familiares de Anses y figura a partir de $100 en adelante , gracias

    Saludos
    Miriam

  3. Hola, quería consultar si el 25% que se paga con la liquidación de haberes de junio, se calcula sobre la SUMA de los montos no remunerativos percibidos desde la liquidación de abril (es decir, la suma de Abril, Mayo y Junio). O se calcula sobre la suma de los montos no remunerativos correspondientes solo al mes de junio?

    Muchas gracias!

  4. Hola Mariana:

    En realidad el aumento es para el personal que esta trabajando, ahora a mi entender, la persona que entra despues no puede ganar menos que los importes de convenio y eso es parte del sueldo de convenio, entonces, siempre a mi entender y forma de ver las cosas, corresponde el pago.

    garcias

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