En pocos días comienza a regir el nuevo régimen para los Monotributistas si bien aún no fue oficializado y la página Web se encuentra con el servicio al Monotributo interrumpido desde el día 23 de diciembre y hasta el día 31 de diciembre de 2009, la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, comunico por medio de su página Web que realizó la reformulación de oficio de las categorías de todos los pequeños contribuyentes.
Los pequeños contribuyentes podrán conocer su condición impositiva que regirá a partir del 1º de enero de 2010, según la adecuación al nuevo régimen realizada de oficio por la AFIP, en función a la categoría que registran hasta diciembre de 2009.
Las equivalencias con las nuevas categorías son las siguientes:
| Categoría Anterior | Nueva Categoría |
| A | B Servicios |
| B | B Servicios |
| C | C Servicios |
| D | D Servicios |
| E | E Servicios |
| F | B Ventas |
| G | B Ventas |
| H | C Ventas |
| I | D Ventas |
| J | E Ventas |
| K | F Ventas |
| L | G Ventas |
| M | H Ventas |
De toda manera como ya publicamos ayer, la AFIP se encuentran evaluando un plazo especial para que los Monotributistas puedan cumplir con el pago y la recategorización cuatrimestral.
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