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Adherir marido, esposo y/o hijo a Obra Social del Servicio Doméstico

Mirá cómo adherir marido, esposo y/o hijo a Obra Social del Servicio Doméstico para extender la cobertura médica a toda la familia.

Las trabajadoras y los trabajadores pueden adherir al marido, esposo y/o hijo a Obra Social del Servicio Doméstico. Tal como lo indica la Resolución General 3848/16, el interesado tiene que pagar 419 pesos para efectuar dicha adhesión. Ese monto es para aquellos que trabajan 16 horas por semana o más, si trabaja menos tiene que abonar la diferencia hasta alcanzar dicho importe.

Las personas interesadas en incorporar familiares a la obra social del servicio doméstico pueden hacerlo siempre y cuando se encuentren dentro del grupo familiar primario (esposo/a y/o hijos). Para hacerlo es necesario pagar $419 por cada uno de los adherentes si se prestan servicios por 16 horas semanales.

En caso de trabajador menos de 16 horas  ala semana, el personal de Casas Particulares tiene que pagar la diferencia entre la categoría máxima y lo abonado por el empleador para acceder a una cobertura médica. Obviamente, en estos casos también se tendrá que pagar la diferencia hasta los $419, para lo cual se tiene que generar un Volante Electrónico de Pago (VEP).

El pago del aporte mínimo se tiene que realizar utilizando el Formulario 575 de AFIP (Impuesto 302, concepto 893).

Un dato a tener en cuenta es que la adhesión a la obra social del Servicio Doméstico no genera una extensión de los beneficios de la Tarifa Social de la Tarjeta SUBE para el transporte público ni de los aportes jubilatorios.

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