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OSECAC Plan de Facilidades de Pago 2010

Con el último acuerdo salarial firmado para los Empleados de Comercio el día 22 de enero de 2010, aún no homologado, además y a pedido de la parte empresaria la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FAECyS, se comprometieron a gestionar ante las autoridades pertinentes un plan de facilidades de pago para las deudas impositivas y sindicales de las empresas.  Las cuotas que se podrán pedir serán hasta 24 meses. El compromiso adquirido por FAECyS fue el de gestionar: Autoridades de OSECAC para que, está otorgue planes de pagos con los plazos máximos, de acuerdo a las condiciones de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, para las deudas de los aportes y contribuciones. Autoridades de las […]

Con el último acuerdo salarial firmado para los Empleados de Comercio el día 22 de enero de 2010, aún no homologado, además y a pedido de la parte empresaria la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FAECyS, se comprometieron a gestionar ante las autoridades pertinentes un plan de facilidades de pago para las deudas impositivas y sindicales de las empresas.  Las cuotas que se podrán pedir serán hasta 24 meses.

El compromiso adquirido por FAECyS fue el de gestionar:

  • Autoridades de OSECAC para que, está otorgue planes de pagos con los plazos máximos, de acuerdo a las condiciones de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, para las deudas de los aportes y contribuciones.
  • Autoridades de las entidades de primer grado que se encuentran adheridas a FAECyS, para que estas, otorguen facilidades de pagos para las deudas de capital en concepto de las cuotas sindicales que mantienen las empresas, en las siguientes condiciones:
  1. El empleador que mantenga deuda podrá acordar pagarla entre tres y hasta veinticuatro cuotas mensuales y consecutivas con una tasa de interés equivalente al 50% de las que percibe la AFIP para las deudas impositivas. Fijándose un monto mínimo d e cada cuota de $100.- por mes entre el capital y el interés.
  2. Se deberá solicitar el plan de pagos por medio de una nota ante la autoridad acreedora. En la misma deberá consignar: Apellido y Nombre, en forma completa o razón social del empleador solicitante, su número de CUIT, domicilio legal y constituido y el plan de pagos por el cual se opte siempre dentro de las posibilidades establecidas.
  3. En el supuesto caso de que la deuda entre el capital y el interés declarado supere el monto de $30.000.- podrá convenirse un plan de pagos por más cuotas, pero en este caso dicha cuota no podrá ser inferior a $400.- cada una..
  4. FAECyS acordará las facilidades indicadas a quienes soliciten el plan de pagos antes del día 30 de abril de 2010

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