Monotributista usando computadora con logo de AFIP

AFIP: Tope patrimonial para Monotributistas

El tope patrimonial para Monotributistas es de 3 veces la base del Impuesto a los Bienes Personales.

El día de la fecha, a as 16 horas, el Ministro de Economía, Nicolás Dujovne, brindará una serie de detalles sobre la reforma tributaria que propondrá el Gobierno de Mauricio Macri. Según trascendió, uno de los puntos centrales de la iniciativa será que se establecerá un tope patrimonial para Monotributistas. El mismo sería de tres veces el piso de Impuesto a los Bienes Personales. Con lo cual, los sujetos con un patrimonio mayor a 159.000 dólares no podrán estar en el Monotributo.

El Estado Nacional busca reducir la cantidad de monotributistas para que un mayor número de contribuyentes integren el Régimen General (Autónomos).

El sitio de noticias iProfesional indicó que el último borrador del proyecto de ley de la reforma tributaria establece un tope patrimonial para adherirse al Monotributo de tres veces el piso de Bienes Personales, el cual actualmente es de 950.000 pesos. Con lo cual, al multiplicarse por tres, el tope patrimonial de monotributistas sería de 2.850.000 pesos, lo cual serían 159.217 dólares.

En 2018, el piso del tributo ascenderá a 1.050.000 pesos. Con un dólar proyectado a 20 pesos, el tope será de 157.500 dólares.

Esta modificación al Monotributo es muy importante dado que aquellos que queden fuera del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes tendrán que comenzar a pagar Impuesto al Valor Agregado (IVA) cada mes y Ganancias anualmente.

El proyecto también excluye del Monotributo a las sociedades de hecho y reduce a dos el máximo de las unidades de explotación.

Por otro lado, el presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Humberto Bertazza, adelantó que otro de los cambios de la reforma tributaria es la incorporación de un impuesto con una alícuota del 15% a la venta de inmuebles adquiridos tras la sanción de la ley para personas físicas. Para las personas jurídicas se tiene que tener en cuenta la habitualidad para abonar el Impuesto a las Transferencias Inmobiliarias (ITI), que es del 1,5%, además de Ganancias.

También se propone crear la Unidad de Valor Tributario (UVT) que se actualizaría automáticamente y periódicamente de acuerdo a la evolución del Índice de Precios Mayoristas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *