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Discriminación en el Pago Impuesto a las Ganancias Trabajadores Autónomos y Dependientes

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, CPCECABA, elaboró un proyecto que presentará a las autoridades de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, donde pretenden mostrar la discriminación existente que producen los desequilibrios entre los trabajadores autónomos y los de relación de dependencia al momento de tener que pagar el correspondiente Impuesto a las Ganancias. En el Decreto de Necesidad y Urgencia, DNU, Nº 1.076/1992 se encuentra el origen de la discriminación, cuando se dispuso “elevar en un 200% la deducción especial cuando se trate de ganancias derivadas del desempeño de cargos públicos, trabajo personal en relación de dependencia y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios incluidos en ellos”. Flavia Melzi, vicepresidenta II del […]

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, CPCECABA, elaboró un proyecto que presentará a las autoridades de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, donde pretenden mostrar la discriminación existente que producen los desequilibrios entre los trabajadores autónomos y los de relación de dependencia al momento de tener que pagar el correspondiente Impuesto a las Ganancias.

En el Decreto de Necesidad y Urgencia, DNU, Nº 1.076/1992 se encuentra el origen de la discriminación, cuando se dispuso

“elevar en un 200% la deducción especial cuando se trate de ganancias derivadas del desempeño de cargos públicos, trabajo personal en relación de dependencia y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios incluidos en ellos”.

Flavia Melzi, vicepresidenta II del CPCECABA, aseguró que:

  • “Venimos bregando, por la necesaria equiparación frente al Impuesto a las Ganancias de los profesionales que ejercen su actividad en forma autónoma respecto de aquellos que realizan su tarea bajo relación de dependencia”.
  • “La diferenciación se profundizó aún más a través de la puesta en marcha de nuevas normas que elevaron la deducción especial multiplicándola 3,8 veces en reemplazo del 200% que regía anteriormente”.
  • “Esta discriminación resulta incomprensible e infundada, por lo que se impone equiparar el tratamiento de las rentas netas obtenidas por la prestación de servicios, derivada del trabajo personal, independientemente de que se realice en relación de dependencia, o bien, como trabajador autónomo”.

El Consejo Profesional evaluando le golpe al bolsillo que deben soportar los trabajadores autónomos, ejemplifica estas diversas situaciones:

Trabajador soltero que presta servicios en relación de dependencia , recibiendo una remuneración neta de bolsillo de hasta $4.015.- por mes, sumándole el aguinaldo correspondiente, da un total al año de $52.200.- no deberá pagar Impuesto a las Ganancias, ya que sus ingresos equivalen a las deducciones permitidas por Ley.

Los técnicos dejando en claro la discriminación existente explicaron que:

  • “otro trabajador que despliegue similares actividades, pero lo hiciera esta vez en forma autónoma, y percibiera idéntico ingreso neto, debería abonar $5.120.- en el Impuesto a las Ganancias al año”.

Representando más de un mes de sueldo, agregando que: “Y para un ingreso neto de $10.000 mensuales más aguinaldo, lo que  (lo que equivale a $130.000 al año), el impacto sobre el autónomo supera en un 64% la carga del dependiente”.

Trabajador casado con dos hijos, que presta servicios en relación de dependencia, recibiendo una remuneración neta de bolsillo de hasta $ 5.538.- por mes, sumándole el aguinaldo correspondiente,  da un total al año de $ 72.000.- no deberá pagar impuesto a la Ganancias, mientras que en identidad situación pero como trabajador autónomo debería pagar de tributo $ 5.120.-

Desde el Consejo concluyeron en que: “Y una vez más en el caso de un ingreso neto de $10.000 mensuales más aguinaldo (lo que equivale a $130.000 al año), el autónomo deberá pagar casi dos veces más de lo que aporta el dependiente, superando un mes de sus ingresos netos”.

Infobae Profesional

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