Joven en delegación de Anses

Consultar trámites relacionado con las asignaciones familiares

Los trabajadores podrán efectuar un seguimiento de las solicitudes de asignaciones familiares de matrimonio, nacimiento y adopción presentadas ingresando a la pagina de ANSeS, www.anses.gov.ar, sección «Autopista de Servicios»  Consulta Estado de Trámites, cargando su CUIL, la fecha del acontecimiento, casamiento, nacimiento o adopción y el código de Seguridad que deberá copiar y el sistema le indicará el estado del trámite. en caso de que el importe este liquidado el sistema le informará lugar y fecha de cobro, en una entidad bancaria designada por el ANSeS. Las asignaciones familiares de: Matrimonio (si trabajan la cobran ambos cónyuges). Nacimiento Adopción Corresponde una suma fija que ANSeS, abona por única vez a los trabajadores en relación de dependencia, los cuales deberán contar […]

Los trabajadores podrán efectuar un seguimiento de las solicitudes de asignaciones familiares de matrimonio, nacimiento y adopción presentadas ingresando a la pagina de ANSeS, www.anses.gov.ar, sección «Autopista de Servicios»  Consulta Estado de Trámites, cargando su CUIL, la fecha del acontecimiento, casamiento, nacimiento o adopción y el código de Seguridad que deberá copiar y el sistema le indicará el estado del trámite. en caso de que el importe este liquidado el sistema le informará lugar y fecha de cobro, en una entidad bancaria designada por el ANSeS.

Las asignaciones familiares de:

  • Matrimonio (si trabajan la cobran ambos cónyuges).
  • Nacimiento
  • Adopción

Corresponde una suma fija que ANSeS, abona por única vez a los trabajadores en relación de dependencia, los cuales deberán contar con una antigüedad mínima de seis (6) meses de antigüedad en su trabajo y tener un sueldo bruto entre $100.- y $4.000.-. Los beneficiarios de la Prestación por Desempleo y los Beneficiarios de una pensión de Veteranos del Atlántico Sur también las perciben.

Seguinos en WhatsApp

Seguinos

689 comentarios en “Consultar trámites relacionado con las asignaciones familiares”

  1. necesito informacion de q documentacion tengo q presentar para iniciar el nro de cuil de un bb qe me estan pidiendo en mi empresa .gracias

  2. hola queria saber , tengo un hijo de 1 año y medio , el papa de mi bebe y yo no estamos casados y los dos estamos desocupados , nos toca la asignacion universal¿?muchas gracia espero su respuesta

  3. HOLA, SOY JUBILADO, MI JUBILACIÓN ES POR MINUSVALÍA, Y ME COMENTARON QUE PUEDO COBRAR UNA ASIGNACIÓN POR ESPOSA,¿ A QUIEN ME TENGO QUE DIRIGIR? ,QUE TRAMITE DEBO REALIZAR?, QUE DOCUMENTACIÓN DEBO PRESENTAR?.
    DESDE A MUCHAS GRACIAS

    1. Oscar
      Todo Se debe presentar en ANSES
      Del titular

      * Original del Formulario PS.6.18 “Solicitud de Prestaciones Previsionales” u original del Formulario PS.2.14 “Declaración Jurada Novedades de Cargas de Familia para Beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones” en el que se encuentre declarada la cónyuge/el cónyuge con discapacidad.
      * Original y Fotocopia del Certificado de Matrimonio.
      * Si el matrimonio se produjo en el extranjero: Original y fotocopia de la Partida de Matrimonio.

      Del cónyuge con discapacidad

      * Autorización expresa de ANSES vigente.

      Si no posee la Autorización, para tramitarla deberá solicitar la Cartilla “BENEFICIARIAS DEL SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES – RÉGIMEN DE REPARTO – TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR POR CÓNYUGE CON DISCAPACIDAD” ó “BENEFICIARIAS DEL SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES – RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN – TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR POR CÓNYUGE CON DISCAPACIDAD”, en cualquier delegación de ANSES.

      Si el casamiento se produjo en el extranjero:
      La Partida de Matrimonio deberá estar traducida, visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina.

      Si el país emisor del documento fuera signatario de la Convención de La Haya deberá constar la acotación o “apostilla” estampada en la Partida de Nacimiento por la autoridad competente del citado país. Las Partidas de Nacimiento libradas por Italia, España, Portugal, Grecia, Brasil, Chile y Uruguay quedan exceptuadas del visado, legalización y traducción, como así también de la acotación o “apostilla”, para las tramitaciones de prestaciones en el marco de los Convenios de Seguridad Social suscriptos con la República Argentina.

      A partir del 1 de marzo de 2002 los documentos extranjeros que cuenten con el folio de seguridad no requerirán intervención alguna posterior en la República Argentina y harán fe en su territorio sin necesidad de que sea legalizada la firma del Cónsul ante esta Cancillería y otra autoridad del país.

      A su vez, los documentos confeccionados por los consulados argentinos en el exterior (testimonios de actuaciones notariales o de inscripciones en el libro de registro civil de las personas, certificados para ser utilizados en el territorio nacional, etc.) intervenidos con la firma del Cónsul argentino, también quedan exentos de su posterior legalización ante otra autoridad argentina.

      A fin de resguardar la autenticidad de estos documentos, según el caso de que se trate se agregará un folio de seguridad o bien se lo imprimirá directamente sobre el mismo.

Los comentarios están cerrados.