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Ajustar los Haberes de los jubilados

Un juez en primera instancia ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, que se les ajuste de forma urgente haberes de los jubilados haciendo lugar a varias medidas cautelares de personas en edad avanzada para que se les sea actualizado inmediatamente el monto que perciben por su jubilación mensualmente en función, de parámetros ya definidos por la Corte Suprema, sin que la persona tenga que esperar hasta la finalización del juicio iniciado contra el Estado. De acuerdo a lo informado por el Diario La Nación, se les debe ajustar el cobro de los haberes a los jubilados inmediatamente, quedando de esta manera pendiente solamente el cobro de los montos retroactivos que se encuentran generados a partir del […]

Un juez en primera instancia ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, que se les ajuste de forma urgente haberes de los jubilados haciendo lugar a varias medidas cautelares de personas en edad avanzada para que se les sea actualizado inmediatamente el monto que perciben por su jubilación mensualmente en función, de parámetros ya definidos por la Corte Suprema, sin que la persona tenga que esperar hasta la finalización del juicio iniciado contra el Estado.

De acuerdo a lo informado por el Diario La Nación, se les debe ajustar el cobro de los haberes a los jubilados inmediatamente, quedando de esta manera pendiente solamente el cobro de los montos retroactivos que se encuentran generados a partir del mes que tengan derecho a cobrar de más.

Dichas sentencias fueron dictadas por por el Juzgado Federal N° 1 de la ciudad de San Nicolás, a cargo de Martín Alberto Martínez, y argumentan la decisión en los plazos que insume el proceso judicial «y la situación de colapso en que se encuentra el fuero previsional».

Según el matutino está actualización que ingresa por vía cautelar se debería hacer efectiva el posterior al fallo, pero de acuerdo a los requerimientos administrativos de ANSES, en la práctica el trámite se demora, destaca el matutino.

Este caso sigue a las sentencias de la sala II de la Cámara, donde se argumenta que los reclamos se refieren a situaciones asimilables a la estudiada por la Corte en el caso de Adolfo Badaro, en el que se dispuso que los haberes debían ajustarse por el período de 2002 a 2006 siguiendo la evolución promedio de los salarios activos.

Según el fallo que corresponde a la causa «Pérez Antonio Eloy», se menciona que «conforme la avanzada edad del solicitante (76 años), resulta lógico que la cobertura de sus necesidades básicas no puede ser satisfecha con el monto que percibe».

Generalmente estos tipos de fallos cautelares luego son  apelados,  entonces, la suerte de los mismos cuando lleguen a la segunda instancia dependerá de la sala en que recaigan. Pero una vez otorgado el ajuste al haber, ya no le sería quitado.

La Nación

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