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Escalas Salariales 2018-2019 de UOM

Consultar planilla con Escalas Salariales 2018-2019 de UOM (Unión Obrera Metalúrgica).

La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) ha realizado al difusión de las planillas con los nuevos sueldos básicos resultantes de la negociación paritarias correspondiente al corriente año, cuyo acuerdo ya fue homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS). En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla la nueva Escalas Salariales 2018-2019 de UOM.

En el Acuerdo Salarial 2018 de UOM, el sindicato y las cámaras acordaron la aplicación de dos aumentos acumulativos sobre una base salarial que resulta de la incorporación del plus de 4000 pesos, que se otorgó conforme a las paritarias del año pasado, a los sueldos básicos.

Con este ajuste, el nuevo Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR) del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 260/75 es el siguiente:

  • Desde el 1ero de abril: $15.421.-
  • Desde el 1ero de julio: $16.800.-

Sueldos Básicos 2018-2019 de UOM

  • Rama N° 1: Aluminio.
  • Rama N° 3: Ascensores.
  • Rama N° 4: Automotor – Laudo 29.
  • Ramas N° 5, 8, 12 y 18: Bronceros, Orfebreros y Afines.Industria Metalúrgica Manufactureras Livianas; Electrónica; Fabricación de Relojes y Afines; y Maquinas de Escribir, Calcular, Contabilidad, Registradoras y Afines. Mecánicas, Electromecánicas y Electrónicas. Fabricación y Service.
  • Rama N° 10: Fabricación, Reparación, Armado y Montaje de Carrocerías.
  • Rama N° 16: Herrería de Obra / Carpintería Metálica.
  • Rama N° 17: Metalmecánica y Otras.
  • Rama N° 17 (Ex 7): Cromo Hojalatería Mecánicas, Fabricación de Envases e Impresión Litográfica sobre Metales.
  • Adicionales.

En las paritarias de este año, como lo han hecho muchos sectores, el gremio y las cámaras pautaron una cláusula de revisión a fin de año.

El Gobierno Nacional acordó con la CGT que los sindicalistas y empresarios ya pueden acordar un 5% de aumento aplicable en dos tramos (2,5% en julio y 2,5% en agosto) a cuenta de dichas cláusulas de revisión. Para ello se publicó el Decreto 508/18 en el Boletín Oficial estableciendo un régimen simplificado para la rápida homologación de dichos acuerdos.

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