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AFIP: Fechas de Vencimiento del Revalúo Contable e Impositivo

Cronograma de AFIP con las fechas de vencimiento del Revalúo Contable e Impositivo.

El día de la fecha, por medio de la publicación de la Resolución General 4287 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha difundido el cronograma con las fechas de vencimiento del Revalúo Contable e Impositivo aprobado en la reforma tributaria. El plazo varía de acuerdo al mes en el cual se produce el cierre de ejercicio o año fiscal del sujeto.

El Ley de Reforma Previsional que se aprobó a fines del año pasado con el Decreto 353/2018 establece un revalúo contable e impositivo, el cual ha comenzado a ser reglamentado por AFIP.

En la normativa se destaca que el objetivo de este revalúo es posibilitar un proceso de normalización patrimonial a través de la revaluación de determinados bienes en cabeza de sus titulares residentes en el territorio argentino. Por lo cual se prevén disposiciones tendientes a permitir que las personas humanas, las sucesiones indivisas residentes en el país, puedan optar por revaluar, por única vez, los bienes que tuvieran afectados a la generación de ganancia gravada de fuente argentina.

Fechas de vencimiento del revalúo impositivo

Cierre de ejercicio o año fiscal Vencimiento
Diciembre 2017 28/02/2019
Enero 2018 29/03/2019
Febrero 2018 30/04/2019
Marzo 2018 30/04/2019
Abril 2018 30/04/2019
Mayo 2018 31/05/2019
Junio 2018 28/06/2019
Julio 2018 31/07/2019
Agosto 2018 30/08/2019
Septiembre 2018 30/09/2019
Octubre 2018 31/10/2019
Noviembre 2018 29/11/2019

Cabe señalar que el impuesto especial podrá ser abonado en un pago a cuenta y hasta 4 cuotas iguales, mensuales y consecutivas con interés, tasa que será establecida por el organismo recaudador.

En caso de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas se podrá elevar la cantidad de cuotas en hasta 9. Para ello tendrán que formar parte del Registro de Empresas MiPyMES.

Al igual que ocurre con otras obligaciones, no se admitirán pagos en efectivo. La cancelación únicamente podrá ser efectuada mediante transferencia electrónica de fondos o débito directo si se optar por la cancelación en cuotas.

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