Empleada del servicio doméstico

Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?

Consultá qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido de un empelado del servicio doméstico.

Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.

Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.

Renuncia del empleado doméstico

Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.

Despido de empleado doméstico

La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.

También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.

En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.

505 comentarios en “Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?”

  1. hola kiero renunciar ami trabajo por problemas personales pero en este momento estoy de vacaciones no kiero regresar al trabajo. lae pasado mal en ese trabajo kw puedo aser

  2. Yo hace cuatro años trabajo en blanco y trabajaba 20 hs semanales de lunes a viernes y desde mayo me dijeron que iba a trabajar 16 hs semanales y que me ivan a vajar el sueldo , llamo al sindicato para consultar si me pueden haser eso y nadie atiende , que puedo hacer

  3. Hola, trabajo en serv domestico y en donde trabajaba en bco me despidio el 25 de marzo. Me corresponde la doble indemnizacion o seguro de desempleo?

  4. Trabajo en blanco de empleada doméstica pero solo una vez ala semana pero X la pandemia no estoy trabajando y voy a renunciar porque no voy a poder a seguir trabajando me corresponde algo liquidación o algo asimportante?

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