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Feria fiscal de verano: Sin vencimientos de AFIP del 27 de enero al 7 de febrero

Sin vencimientos de AFIP del 27 de enero al 7 de febrero por la feria fiscal de verano. Las DDJJ se podrán presentar hasta el 14 de febrero.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido que no habrán vencimientos durante la feria fiscal de verano, la cual va del 27 de enero al 7 de febrero de 2020. El organismo determinó que aquellas obligaciones impositivas que vencerían en dicho período se considerarán cumplidas en término siempre que el contribuyente cumpla con la presentación de las declaraciones juradas (DDJJ) correspondientes hasta el 14 de febrero, inclusive.

la reglamentación de la feria fiscal de verano 2020 fue realizada por el ente recaudador mediante la publicación de la Resolución General 4637 en el Boletín Oficial.

Esta medida es tomada por AFIP dando lugar a un pedido realizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si bien será un alivio para los contadores en verano, sería bueno que otros organismos imiten esta feria para que no se produzca ningún vencimiento en las vacaciones.

En el caso del vencimiento de la cuota de autónomos, las fechas fijadas son las siguientes:

  • 10/02/20: Contribuyentes con CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
  • 11/02/20: Contribuyentes con CUIT terminados en 4, 5 y 6.
  • 12/02/20: Contribuyentes con CUIT terminados en 7, 8 y 9.

El organismo había adelantado esta la suspensión de vencimientos por dos semanas durante las vacaciones de verano en octubre pasado durante la apertura del 17° Congreso Tributario organizado por el Consejo Porteño.

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