Persona con celular mostrando EconoBlog

Prórroga de doble indemnización hasta fin de año

Prórroga de doble indemnización hasta fin de año, la cual regirá junto con la prohibición de despidos y suspensiones.

El Gobierno ha decidido otorgar una prórroga a la doble indemnización por 180 días haciendo lugar al pedido efectuado por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT). De esta forma se ha extendido hasta fin de año la penalización aplicada a los empleadores que realizan un despido sin causa que fue establecida por el Presidente Alberto Fernández mediante la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°34/2019 en diciembre pasado.

La doble indemnización rige de forma paralela con la prohibición de despedidos y suspensiones que tiene vigencia hasta fin de julio.

Esta sanción tiene como fin desalentar los despidos, especialmente los indirectos en los cuales los empleadores evitan enviar el telegrama incumpliendo con sus obligaciones hasta que el trabajador se considere despedido.

El pago de una doble indemnización fue establecido por el actual Gobierno Nacional a fines del año pasado debido a la emergencia social. La normativa sólo eximía de esta sanción a los acuerdos laborales celebrados tras su entrada en vigencia, cuyo vencimiento vencimiento era a lo largo de esta semana.

En el debate sobre si otorgar o no una prórroga a esta medida debido a la vigencia de la prohibición de despidos y suspensiones aplicada por la emergencia sanitaria del coronavirus, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) explicó que es necesario evitar los despidos indirectos.

En el primer mes del aislamiento social, preventivo y obligatorio se han pedido más de 100.000 puestos de trabajo en todo el país, la mayoría de ellos son informales. Conforme a una proyección realizada por la Universidad Católica, 900.000 trabajadores han sido despedidos hasta mayo.

Para dar una ayuda a los empleadores, el Estado puso en marcha el Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP). En el marco del mismo se abona el salario complementario, el cual consiste en el pago de hasta un 50% de la remuneración de los empelados con un mínimo de un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y un máximo de dos veces dicho importe.

Además, los empresarios y sindicalistas de varios sectores cerraron acuerdos con disminución de los salarios a los trabajadores suspendidos durante la pandemia para evitar el quiebre de las compañías.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *