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Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador. Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de […]

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.

Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:

  • Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
  • Opción Sellos, Instrumentos Privados
  • Presentación de la DDJJ y Pagos
  • Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o  “Clave Fiscal
  • Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.

Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.

Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.

Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago  para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.

Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.

306 comentarios en “Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires”

  1. Hola graciela, viendo el tema del sellado en realidad es obligacion forzosa sella un contrato de locacion? veo respuestas de que es obligatorio pero se da a entender que algunas personas lo sellan y otras no. el contrato es valido pero hay obligacion de sellarlo en todos los casos ?

    1. Franco Si tenes un contrato sin sellar y hay incovenientes y se va a juicio hay que sellarlo para que tenga validez, si hay que hacer algún tramite te lo piden sellado, es obligación sellarlo pero algunos no lo hacen, lo mismo que muchos alquilan sin contrato

  2. Buenas tardes!, intento sellar un contrato de alquiler comercial pcia.bs.as.
    total 3 años, en dólares. Al momento de calcular en pesos, debo tomar cotizacion segun fecha de contrato o segun fecha de confeccion ddjj ?
    la última: el dolar hace al comienzo del contrato tenia un valor, y ahora..otro valor, como calculo el monto imponible? por favor…ayuda.

    gracias!!!!

  3. Buenas tardes. Todo contrato de alquiler tiene que ser declarado ante ARBA y AFIP? Si no lo hicieron, se lo puede demandar? b) Si el contrato no esta sellado,es válido como para que inicien alguna acción contra el garante?

    1. FErnando Declarado ante la AFIP no siempre, depende del monto y de si debe o no pagar IVA. Sello de ARBA es obligatorio para darle fecha cierta y que sirva tanto para algún juicio posterior, bajar algún servicio o tramite.

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