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Bono de $18.000 para monotributistas y autónomos gastronómicos

Pago mensual de Bono de $18.000 para monotributistas y autónomos gastronómicos. Consultar requisitos.

El Gobierno Nacional ha puesto en marcha el Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente con el fin de brindar una ayuda a uno de los sectores más afectados por las medidas restrictivas aplicadas en el marco de la pandemia del coronavirus. Los interesados en solicitar el cobro del bono de hasta $18.000 para monotributistas y autónomos gastronómicos es necesario ingresar en la página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La inscripción al bono para autónomos y monotributistas gastronómicos debe ser realizada de forma mensual.

El sector gastronómico fue uno de los más perjudicados por la pandemia. A causa de los reclamos llevados adelante por los trabajadores independientes, el Estado Nacional decidió otorgar un subsidio para ellos que se gestiona mediante la página de AFIP con la Clave Fiscal.

Requisitos del Bono para Gastronómicos

  • Tener declarada la actividad al 12 de marzo de 2020 en el organismo recaudador dentro de una de las siguientes categorías: Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo (Clasificador de Actividades Económicas: 561011); Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo (561012); Servicios de «fast food» y locales de venta de comidas y bebidas al paso (561013); Servicios de expendio de bebidas en bares (561014); Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p. (561019); Servicios de preparación de comidas realizadas por/para vendedores ambulantes (561040); Servicios de preparación de comidas para empresas y eventos (562010); y Servicios de cantinas con atención exclusiva a los empleados o estudiantes dentro de empresas o establecimientos educativos (562091).
  • haber realizado, al menos, tres pagos de Monotributo o Autónomos en los últimos seis meses previos a solicitar el beneficio. En caso de que la registración haya sido antes de los últimos seis meses, se debe contar con, por lo menos, un pago.
  • Contar con una variación negativa en su facturación superior al 20% en el período que va del 1° al 20 de abril de 2021 comparando con el mismo período de 2020.
  • En caso de tener empleados en relación de dependencia se tiene que cumplir con las siguientes condiciones: La planilla de personal no debe ser mayor a 5 dependientes en el mes anterior a la solicitud; el indicador de liquidez corriente (Activo corriente / pasivo corriente) para el mes de marzo de 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa REPRO 2; y no figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

¿Cómo solicitar el bono para gastronómicos?

La tramitación se inicia desde el Servicio web REPRO 2 en la página oficial de AFIP con la Clave Fiscal. Una vez realizada la confirmación de los datos de facturación interanual y descargar la nómina de trabajadores, en caso de corresponder, se debe ir al sitio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) para brindar la información que dicho organismo requiere y generar un comprobante de inscripción con número de trámite, los cuales se envían por la ventanilla electrónica de AFIP.

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