Madre de la AUH con su hija y remera de Anses

Anses: La Asignación Universal por Hijo es inembargable

La Asignación Universal por Hijo pagada por la Anses es inembargable. Los bancos no pueden cobrar deudas de la prestación.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recuerda a los ciudadanos que la Asignación Universal por Hijo (AUH) es inembargable. Es decir, los bancos no pueden cobrar deudas sobre dicha prestación, dado que se trata de un subsidio de carácter alimentario. En caso de que se esté haciendo, el beneficiarios tienen que realizar un reclamo vía administrativa en la entidad bancaria.

La AUH es un programa social pagado por Anses que brinda una ayuda económica mensual a las familias más vulnerables con hijos menores o con discapacidad.

El pago de la Asignación Universal por Hijo se realiza solamente a uno de los padres, priorizando a las mamás. En caso de que el cobro no lo haga el que tiene al menor o discapacitado a su cargo, el progenitor puede presentar el Formulario PS 2.73 en Anses solicitando un cambio de titularidad.

Requisitos de la Asignación Universal por Hijo

  • Ingresos del grupo familiar menores al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
  • Tener registrados y actualizados los datos personales y todos los miembros en Anses.
    Tener Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Ser argentino y residir en el país o extranjero con una residencia no menor a 2 años en el territorio argentino.
  • El hijo debe ser menor de 18 años o incapacitado, en cuyo caso no se aplica tope de edad.

¿Cómo dar el alta en Anses?

El ciudadano que cumple con los requisitos debe presentar el DNI; certificado o partida de nacimiento del menor; y certificado de matrimonio, unión civil o convivencia. EL trámite puede ser llevado adelante a distancia desde la plataforma Atención Virtual, la cual opera de 00 a 20 horas.

¿Quiénes cobran AUH?

  • Desocupados.
  • Trabajadores informales.
  • Empleados del servicio doméstico.
  • Monotributistas sociales.
  • Titulares de Hacemos Futuro, Manos a la Obra y otros planes de trabajo.

¿Qué hacer en caso de que se haga un descuento?

Los requisitos del programa establecen una retención del 20% mensual que aplica el organismo previsional. Ese dinero se liquida cuando el titular hace la entrega del Formulario libreta PS 1.47, el cual este año se reemplazó por una Declaración Jurada (DDJJ).

A su vez, puede que los titulares tengan el descuento de la cuota un Crédito Anses que hayan solicitado.

Sin embargo, los bancos no pueden utilizar el dinero depositado para el cobro de una deuda. En esos casos se recomienda llevar adelante un reclamo vía administrativa o, si no hay respuesta, ir a un abogado, cuyo contacto puede ser consultado en las páginas de los colegios de abogados.

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