La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución general Nº 2.549/2009 implemento un Régimen de Retención de los Impuestos de Ganancias y al Valor Agregado, IVA, la misma será aplicable a los pagos efectuados a los monotributistas cuando los montos acumulados en un año superen los establecidos para dichos contribuyentes.
Esta retención según la Resolución general entraría en vigencia a partir del 1ª de abril del 2009, con el objeto de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones por parte de los agentes de retención, y considerando que entidades representativas de distintos sectores económicos han solicitado la postergación de su entrada en vigencia, habida cuenta de la necesidad de adecuación de sus circuitos administrativos.
La AFIP, dispuso una prorroga hasta el 1º de Junio de 2009 para la entrada en vigencia de la Resolución General N° 2.549
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