Cuaderno de ARCA junto a un lápiz

ARCA actualizó montos de la cuota de autónomos para septiembre de 2025

La ARCA actualizó los montos de la cuota de autónomos para septiembre de 2025 considerando el 1,9% de aumento de la movilidad de Anses.

La Agencia de Recaudación y Control de Argentina (ARCA) dio a conocer los nuevos valores que deberán abonar los trabajadores autónomos a partir del 15 de septiembre de 2025. Esta actualización impacta en todas las categorías, incluyendo los regímenes especiales y las categorías históricas.

Los montos de las cuotas de autónomos son ajustados cada mes considerando la movilidad previsional. Por ello, la suba es la misma que la aplicada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) sobre los haberes previsionales.

Nuevas cuotas para trabajadores autónomos

Los importes mensuales para las categorías mínimas de revista de autónomos son:

  • Categoría I: $57.529,96.
  • Categoría II: $80.540,72.
  • Categoría III: $115.058,92.
  • Categoría IV: $184.094,19.
  • Categoría V: $253.128,50.

Aportes para actividades riesgosas

Por su parte, para los trabajadores autónomos que realizan actividades penosas o riesgosas encuadradas en regímenes previsionales diferenciales, los montos de ARCA vigentes son:

  • Categoría I’ (I prima): $62.923,40.
  • Categoría II’ (II prima): $88.091,41.
  • Categoría III’ (III prima): $125.845,70.
  • Categoría IV’ (IV prima): $201.353,02.
  • Categoría V’ (V prima): $276.859,30.

Otros regímenes especiales

También se ajustaron los aportes para:

  • Afiliaciones voluntarias y menores de 21 años: $57.529,96.
  • Beneficiarios de prestaciones previsionales que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma: $48.540,90.
  • Amas de casa con aporte reducido (Ley Nº 24.828): $19.775,92.

Categorías de revista históricas

Además, los valores actualizados para los autónomos que aún tributan bajo las categorías vigentes hasta febrero de 2007 son:

  • Categoría A: $44.871,68.
  • Categoría B: $55.083,96.
  • Categoría B’: $60.248,09.
  • Categoría C: $73.634,78.
  • Categoría C’: $80.538,04.
  • Categoría D: $110.165,36.
  • Categoría D’: $120.493,37.
  • Categoría E: $183.946,74.
  • Categoría E’: $201.191,75.
  • Categoría F: $257.297,02.
  • Categoría G: $367.751,91.
  • Categoría G’: $402.228,65.
  • Categoría H: $551.844,36.
  • Categorías I y J: $690.345,92.

Ajustes de ARCA a autónomos conforme a la movilidad jubilatoria

Estos valores fueron establecidos por ARCA en función del índice de movilidad vigente determinado por el Decreto 274/2024, que rige la actualización de los haberes y aportes previsionales. Es decir, la normativa que reemplazó el mecanismo de ajuste de la Ley 24.241. Por ello, el ajuste de este mes fue del 1,9%.

Asimismo, ARCA recordó a los autónomos la importancia de cumplir en tiempo y forma con las obligaciones previsionales. Como resultado de ello se evitan multas e intereses.

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