Familia de la AUH con remera de Anses

Anses no suspende 80% de AUH por falta de presentación de Libreta

La Anses no suspende el pago mensual del 80% de la AUH por falta de presentación del Formulario Libreta, el cual vencerá a fin de año.

Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) deben presentar el Formulario Libreta antes de fin de año. Quienes no lo hagan perderán el 20% retenido el año pasado. No obstante, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) seguirá pagando el 80% de la prestación.

La Libreta de la AUH debe presentarse una vez al año y permite acreditar el cumplimiento de los controles médicos, la vacunación y la asistencia escolar de los menores.

Su presentación habilita el cobro del 20% que Anses retiene todos los meses entre marzo de 2024 y febrero de 2025. El pago de este complemento se efectúa a los 60 días de completado el trámite, y su valor varía según el tipo de beneficio, la zona geográfica y la cantidad de meses percibidos.

AUH no se suspende pero se pierde el 20% retenido

Aunque no cumplir con la presentación de la Libreta no implica la suspensión de la AUH mensual, sí genera la pérdida del derecho a cobrar el complemento retenido. Es decir, Anses no castiga a los menores por el incumplimiento de sus padres.

Sin embargo, quienes no presenten la Libreta antes del 31 de diciembre de 2025 no podrán cobrar el 20% acumulado ni a beneficios complementarios como la Ayuda Escolar Anual.

La presentación del Formulario Libreta de AUH puede realizarse en línea desde Mi Anses, accediendo con CUIL y Clave de la Seguridad Social. También es posible acercarse sin turno previo a las oficinas del organismo o en uno los operativos territoriales que se realizan en distintos puntos del país.

Complemento pagado por la Anses

Para quienes cobraron la AUH durante los 12 meses completos, el monto retenido asciende a $188.069,40 por menor o $612.401,00 por hijo con discapacidad. En la región patagónica, donde aplica un diferencial por zona desfavorable, los montos se elevan a $244.491,60 y $796.122,60, respectivamente.

Un dato a tener en cuenta es que el 20% retenido no se ajusta cada mes por le movilidad del Decreto 274/2024. Por ello, se recomienda cumplir con el trámite lo antes posible.

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