El calendario del Ministerio del interior establece dos feriados nacionales para diciembre de 2025. Los mismo serán el lunes 8, por el Día de la Inmaculada Concepción de María, y el jueves 25, por la celebración de Navidad. Debido a ello, habrá un fin de semana largo el próximo mes.
Aunque diciembre es un mes con alta demanda turística, es importante aclarar que el viernes 26 de diciembre no fue establecido como día no laborable por el Decreto 1027/2024. Es decir, la normativa que eliminó los feriados puente y los reemplazó únicamente por tres días no laborables distribuidos en mayo, agosto y noviembre. Por ello, no habrá fin de semana largo luego de Navidad.
Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
El 8 de diciembre es un feriado de profunda tradición religiosa. En esta fecha, la Iglesia Católica celebra la Inmaculada Concepción de la Virgen María, motivo por el cual se realizan misas, procesiones y diversas actividades litúrgicas en todo el país.
Además de su significado espiritual, esta jornada marca el inicio de la temporada alta turística y comercial de fin de año. Muchas familias aprovechan este feriado para decorar sus hogares y preparar compras navideñas.
Jueves 25 de diciembre: Navidad
El 25 de diciembre es uno de los feriados más significativos del año. La celebración de la Navidad reúne a las familias argentinas y genera un fuerte movimiento en comercios, gastronomía y turismo.
Debido a que el viernes 26 de diciembre no fue incluido como día no laborable, diciembre no contará con un fin de semana largo posterior a Navidad.
Pago de los feriados nacionales a trabajadores en relación de dependencia
Al tratarse de dos feriados nacionales, quienes no trabajen deben cobrar la jornada normalmente en ambas fechas. En cambio, el empleador debe pagar el doble a quienes convoque a prestar servicios, conforme lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.

