La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo un cambio importante para los contribuyentes al eliminar una de las causales que permitía limitar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Esta decisión apunta a simplificar el sistema tributario y reducir trabas administrativas.
Hasta ahora, ARCA podía aplicar un estado administrativo de limitación cuando los contribuyentes no respondían requerimientos enviados por medios electrónicos. En esos casos, la CUIT quedaba restringida y podía dificultar la realización de distintos trámites o actividades económicas.
Con esta modificación, el organismo busca promover el cumplimiento voluntario. Además, la medida forma parte de un proceso de modernización normativa que pretende facilitar la relación entre los ciudadanos y el sistema fiscal.
Eliminación del estado de CUIT limitada por controles electrónicos
Mediante la Resolución General 5832/2026, ARCA eliminó el estado administrativo denominado «Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico», que formaba parte de los estados administrativos de la CUIT regulados por la Resolución General 3.832.
Este tipo de limitación estaba vinculado al Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE), creado por la Resolución General 5.364/2023. Sin embargo, dicho sistema fue reemplazado posteriormente por el Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario.
Debido a ese cambio, ARCA decidió adecuar la normativa vigente y suprimir una causal de limitación que había quedado desactualizada.
Qué pasa si no se responde un requerimiento de ARCA
Aunque ARCA eliminó esta limitación de la CUIT, los contribuyentes siguen obligados a responder los requerimientos electrónicos del organismo.
En caso de incumplimiento, la falta de respuesta podrá ser considerada para determinar la categoría del contribuyente dentro del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER). Asimismo, el Fisco podrá aplicar otras acciones de control o fiscalización vigentes.
La resolución entró en vigencia desde el día de la fecha con su publicación en el Boletín Oficial. Por ello, ARCA recomienda verificar el estado de la CUIT desde el «Sistema Registral» disponible en su sitio web con Clave Fiscal.

