Sentencia de desalojo

Diputados aprobaron los desalojos exprés

La Cámara de Diputados dio media sanción a los desalojos exprés contemplados en el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. Dicha iniciativa impulsada por el Gobierno Nacional introduce el concepto de desalojo exprés, realiza cambios en el régimen de expropiaciones y promueve la modernización de los registros inmobiliarios.

Diputados dio media sanción al proyecto que regula los desalojos exprés con 37 votos a favor y 33 en contra. Para su entrada en vigencia, debe obtener el visto bueno de los Senadores.

Previamente a su tratamiento, el oficialismo debió eliminar algunos de los capítulos más cuestionados para reunir los apoyos necesarios. Entre ellos quedaron afuera las reformas a la Ley de Tierras, la Ley de Manejo del Fuego y las modificaciones vinculadas al Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBap).

Nuevo procedimiento para los desalojos exprés

El eje principal de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada es acelerar los procesos judiciales de desalojo. Sin embargo, la iniciativa no habilita a los propietarios a recuperar un inmueble por cuenta propia. La intervención de un juez continuará siendo obligatoria en todos los casos.

Entre los cambios más importantes se destacan:

  • Los juicios de desalojo pasarán a tramitarse mediante el procedimiento sumarísimo, que reduce los tiempos del proceso judicial.
  • El propietario deberá intimar previamente al inquilino y otorgarle un plazo mínimo de diez días para regularizar una deuda por alquiler.
  • Si el incumplimiento persiste, podrá iniciar la demanda de desalojo.
  • En determinados casos, el juez podrá ordenar la restitución anticipada del inmueble antes de la sentencia definitiva.
  • Se habilita la utilización del domicilio electrónico para realizar notificaciones cuando haya sido constituido en el contrato.

Además, el proyecto que habilita los desalojos exprés incorpora un reconocimiento judicial temprano para identificar a los ocupantes del inmueble y verificar su estado. Asimismo, el mandamiento de lanzamiento podrá autorizar expresamente el uso de la fuerza pública, el allanamiento y la apertura de cerraduras cuando resulte necesario para cumplir la orden judicial.

Protección para personas en situación de vulnerabilidad

La iniciativa incorpora resguardos para los casos en que el inmueble esté ocupado por menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo.

En ese sentido, antes de concretar el desalojo exprés, el juez deberá dar intervención a los organismos de protección correspondientes y al Ministerio Público Tutelar. Además, se otorgará un plazo de hasta diez días para procurar una solución habitacional transitoria antes de ejecutar el lanzamiento.

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