Hombre pensando con su celular

Habilitaron cobro de créditos con billeteras virtuales en bancos

El Banco Central habilito el cobro de cuotas de créditos tomados con billeteras virtuales directamente en cuentas bancarias del cliente.

Desde el día de la fecha, los bancos y las billeteras virtuales cuentan con una nueva herramienta para cobrar las cuotas de créditos. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) implementó el Cobro con Transferencia (CCT), el cual permite realizar débitos automáticos desde otra cuenta del cliente.

La principal novedad es que un préstamo podrá cobrarse desde una cuenta bancaria o billetera virtual vinculada previamente. Sin embargo, el prestamista no podrá acceder libremente a cualquier cuenta del deudor. Para hacerlo necesitará su consentimiento explícito.

En esta primera etapa, el CCT se aplicará al cobro de créditos. Posteriormente, el Banco Central prevé extenderlo a otros pagos periódicos, como los servicios públicos.

Billeteras virtuales podrán cobrar créditos desde cuentas de bancos

Con el nuevo sistema difundido por la Comunicación “A” 8406, una persona que solicita un préstamo en una billetera virtual podrá autorizar el pago desde una cuenta de un banco. Lo mismo ocurrirá en sentido inverso, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Solamente podrán utilizar el CCT las entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito (PNFC) habilitados por el BCRA.

El procedimiento para el cobro de las cuotas de los créditos funcionará de la siguiente manera:

  • El cliente solicita un préstamo.
  • Autoriza expresamente el uso del CCT.
  • Vincula la cuenta bancaria o de pago desde la cual se realizarán los débitos.
  • Por regla general, el préstamo se acredita en esa misma cuenta.
  • El prestamista informa electrónicamente antes de cada cobro.
  • Llegado el vencimiento, se solicita el débito de la cuota desde la cuenta vinculada.

Por esta razón, la entrada en vigencia del CCT no significa que las billeteras virtuales puedan retirar dinero automáticamente de cualquier cuenta bancaria.

La implementación del Cobro con Transferencia tendrá un costo para quienes otorguen los préstamos. El esquema establece un arancel mínimo del 0,6% a cargo de los prestamistas.

No todos los créditos podrán incorporarse al CCT. En primer lugar, las cuotas deberán ser fijas e iguales durante la vigencia del contrato, salvo las excepciones contempladas en la normativa. Además, la relación entre la cuota y los ingresos no podrá superar el 30% al originarse el préstamo.

Los débitos necesitarán autorización del cliente

Uno de los requisitos centrales del nuevo mecanismo es el consentimiento. El usuario deberá autorizar previamente y de manera explícita los débitos vinculados al préstamo.

Dicha conformidad se brindará una única vez para el crédito. No obstante, podrá revocarse posteriormente.

Además, el cliente tendrá la posibilidad de cambiar la cuenta vinculada. La baja del consentimiento podrá gestionarse tanto ante el prestamista como ante la entidad que administra la cuenta.

A su vez, el prestamista tendrá que notificar electrónicamente al usuario durante el día hábil previo al débito. De esta forma, el cliente sabrá anticipadamente cuándo se intentará cobrar la cuota.

Qué pasa si no hay dinero para pagar la cuota

El BCRA también limitó la cantidad de intentos que podrán realizar bancos y billeteras virtuales cuando no haya fondos suficientes.

Para cada cuota de los créditos se admitirán solamente tres intentos:

  • Primer intento: en la fecha prevista para el cobro.
  • Primer reintento: 48 horas después.
  • Segundo y último reintento: 96 horas después de la fecha prevista para el intento inicial.

Por lo tanto, los prestamistas no podrán efectuar débitos sucesivos e ilimitados hasta encontrar dinero disponible en la cuenta. Asimismo, solamente podrá cobrarse la cuota correspondiente a cada período.

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