Mujer con carpeta de EconoBlog

Sueldos 2013 del Nuevo Régimen Servicio Doméstico

Los empleados del servicio Doméstico ya tienen una nueva Ley Nº 26.844 que los protege y les da mayores beneficios, ahora se comparan con los que rige para los trabajadores en relación de dependencia Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Los sueldos y categoría deberán indicarse a través de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante un Convenio Colectivo de Trabajo, CCT. Pero hasta tanto se establezca lo fijará el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, MTEySS. La Ley indica que el Salario Mínimo será fijado por tipo, modalidad y categoría profesional mediante un CCT, la jornada laboral no podrá pasar de las 8 ó a lo sumo 9 horas diarias o ben no exceder las […]

Los empleados del servicio Doméstico ya tienen una nueva Ley Nº 26.844 que los protege y les da mayores beneficios, ahora se comparan con los que rige para los trabajadores en relación de dependencia Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Los sueldos y categoría deberán indicarse a través de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante un Convenio Colectivo de Trabajo, CCT. Pero hasta tanto se establezca lo fijará el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, MTEySS.

La Ley indica que el Salario Mínimo será fijado por tipo, modalidad y categoría profesional mediante un CCT, la jornada laboral no podrá pasar de las 8 ó a lo sumo 9 horas diarias o ben no exceder las 48 horas semanales,  caso contrario se deberán pagar  horas extras.

La remuneración que fije el CCT será de validez para toda la República Argentina y deberá pagarse para los mensualizados antes del cuarto día hábil, jornalizados o semanales dependiendo de cada caso en particular.

Hasta tanto se fijen los nuevos pisos salariales los sueldos para el año 2013, continua la misma escala y categorías anteriores:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA Desde Noviembre de 2012
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 3184.01 $ 3549.13
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $ 2954.95 $ 3292.86
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $ 2886.93
CUARTA Aprendices en general de 16 y 17 años de edad $ 2.589.85
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 2.589.85
Por hora $ 19.74
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $1294,93
Por cada hora de excedencia $ 19.74

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