Como ya habíamos adelantados la Unión Obrera Metalúrgica de la Republica Argentina, consiguió un pago extraordinario no remunerativo de $ 450.- que deben ser pagado juntos con la segunda quincena de diciembre de 2007 $ 300.- y con la segunda quincena de enero de 2007 $ 150.- pagos en rubro separado con la demoninación «Pago excepcional Acuerdo de fecha 26/12/2007 1º ó 2º cuota» no remunerativos, solo llevaran el descuento a la obra social de la UOMRA.
Esto quiere decir si alguna persona opto por el cambio de su obra social, pero su trabajo se rige por el convenio metalúrgico 260/75 deben cobrar los importes totalmente sin descuento alguno.
Este acuerdo ya fue homologado y firmado en el Ministerio de Trabajo bajo el Nº 12/08 el día 4 de enero de 2008.
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