El día 16 de enero de 2008, se homologó el acuerdo entre ADIMRA Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina y ASIMRA Asociación de supervisores de la Republica Argentina, como ya lo habíamos adelantados el gremio consiguió un pago extraordinario no remunerativo de $ 450.- que deben ser pagado $ 300.- hasta el día 15 de enero de 2008 y $ 150.- junto con los haberes del mes de enero del 2008 en rubro separado con la demoninación “Pago excepcional Acuerdo de fecha 27/12/2007 1º ó 2º cuota”, en forma completa o bien abreviado, no remunerativos, solo llevaran el descuento a la obra social de la ASIMRA.
Esto quiere decir si alguna persona opto por el cambio de su obra social, pero su trabajo se rige por el convenio Nº 275/75 deben cobrar los importes totalmente sin descuento alguno.
Este acuerdo ya fue homologado y firmado en el Ministerio de Trabajo bajo el Nº 8/08 el día 16 de enero de 2008.
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