En la provincia de San Luís el Senado y la Cámara de Diputados mediante la Ley I-0708/2010 estableció los montos de las Asignaciones Familiares el personal de la administración pública de dicha provincia, además indicó los requisitos que debe reunir los trabajadores para poder cobrar las mismas. Entre las que se encuentran las asignaciones por matrimonio, nacimiento y/o adopción e hijos.
Requisitos para la percepción de las Asignaciones Familiares:
Asignación por Matrimonio, Nacimiento y/o Adopción
Será acreedor de dicha Asignación el empleados de la administración pública, que cuente con una antigüedad mínima y continuada de SEIS (6) meses en su prestación de servicios y acrediten que son acreedores de dichas asignaciones
Fijando la Asignación por Hijo de madre soltera al doble de la asignación por Hijo establecida en el Artículo 6º de la ley, y elevando al cuádruple de la asignación del artículo 6º la asignación por hijo discapacitado
Estableciendo a su vez que las mismas se asignarán sin tope remunerativo. Siendo los importes, distribuidos de la siguiente manera:
| Asignaciones Familiares Empleados de la Administración Pública de la provincia de San Luís (Sin tope de sueldo) | |
| Asignación | Importe |
| Matrimonio | $ 900.- |
| Nacimiento | $ 600.- |
| Adopción | $ 3.600.- |
| Prenatal | $ 180.- |
| Hijo | $180.- |
| Hijo Discapacitado | $720.- |
| Hijo de Madre Soltera | $360.- |
| Hijo de Madre Soltera Discapacitado | $720.- |
| Ayuda Escolar | $170.- |
| Ayuda Escolar Hijo Discapacitado | $510.- |
| Conyuge | $30.- |
| Escolaridad | $10.- |
| Padres Septuagenario o Discapacitado a Cargo | $80.- |
| Familia Numerosa | $ 6.- |
| Maternidad | Conforme Articulo 16 |
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.

