Vencimiento moratoria Previsional Ley 25.994

Recordatorio el día 30 de Abril del 2007 vence el plazo para ingresar a la Moratoria Previsional. Ley 25.994, el trámite se realiza Vía Internet, pero para poder cargar los datos, la persona debe tener ingresado los datos personales en algunas oficina de ANSeS, esto ocasiona las largas colas en todas las agencia de ANSeS, habrá que esperar para ver si dan alguna prorroga

Reforma Previsional

Los trabajadores afiliados al SIJP (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2007 que no hubieren ejercido la opción dentro de los treinta (30) días de su inscripción, permanecerán en el sistema de Capitalización a menos que opten por el de Reparto en el periodo general del traspaso (12 de abril al 31 de diciembre de 2007)
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Prohibición de la opción jubilatoria

Las personas jubiladas o pensionadas, que cobren su haber por intermedio de una AFJP, no pueden realizar la opción jubilatoria al Régimen de Reparto, esta opción es exclusiva para personas que están actualmente aportando.
Cuando termine el importe de su ahorro en la AFJP, pasa automáticamente el Régimen del estado.

Me conviene pasarme al Régimen Jubilatorio?

La elección es totalmente personal y vos decidís que tenés que hacer te doy unos ejemplos, vos optas si te conviene.

1er. Ejemplo

Sebastián tiene 60 años de edad
• Le faltan 5 años para jubilarse
•  Es autónomo
• Mayoría de aportes Régimen de Reparto (Estado)
• Pocos años Régimen Capitalización (AFJP)
El dinero que le falta aportar a la AFJP no es suficiente ahorro hasta el momento de jubilarse, le conviene pasar al Régimen del Estado. Debe pensar y decidir, tiene tiempo hasta el 31 de diciembre del 2007, es la última oportunidad de hacerlo.

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Se reglamento la Ley Previsional

El  Decreto 313, que reglamenta la Ley de Reforma del Sistema Provisional fue sancionado, las personas que ingresen a trabajar a partir del 28 de mayo de 2007 deberán aportar el 11% de su salario para su futura jubilación, independientemente si aportan al Regimén de Reparto o Capitalización (AFJP), hasta ahora los de Capitalización aportan el 7%.

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