agosto 2007

Vence el plazo empadronamiento de autónomos

Mañana miércoles 15 de agosto vence el plazo para el reempadronomiento de autónomos, y aseguran los funcionarios de la AFIP que no habrá prórroga. Dicho empadronamiento se realiza vía Internet, con la Clave Fiscal, ingresar a la opción “Empadronamiento Autónomo”. Luego de cargar los datos requeridos por el sistema, el mismo genera una constancia de presentación (Formulario 940) y la credencial de pago (Formulario 1101). Los que no están inscriptos deben en obtener el CUIT y la Clave Fiscal.

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Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoría

El poder ejecutivo elevo al Congreso de la Nación un proyecto tendiente a introducir modificaciones en la Ley de l Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoría, aumento mínimos no imponibles y cargas de familia. Incremento de la deducción especial y cargas de familia que pueden computar las personas físicas en su liquidación del Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628 art. 23, inciso b y tercer párrafo inciso c) El aumento de las deducciones provocará una rebaja en el monto del impuesto a pagar, o bien quedar fuera del gravamen, de acuerdo a los niveles de ingresos.

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Evolución de Tasas de Intereses

A continuación presentamos un cuadro de evolución de las Tasas de Intereses de la AFIP, Administración federal de Ingresos Públicos, desde la entrada en vigencia de la Ley N° 23549 (Régimen Anterior, 27/01/1988 hasta el 01/04/1991) y el inicio de la aplicación de la Ley de Convertibilidad del Austral (Ley N° 23928) hasta la fecha actual (Régimen Actual).

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Aumento Empleados de Comercio, homologado 02/07/07

El aumento para los empleados de comercio fue homologado por Resolución de la Secretaria de Trabajo Nº 632 el día 2 de julio de 2007. Aumento sus alcances: Las partes convienen establecer un incremento equivalente al 23 % sobre las remuneraciones que por todo concepto perciben los trabajadores de la actividad vigentes a la fecha, incluyendo aquellos adicionales y permanentes y ticket y/o sus equivalentes y/o adicionales convencionales fijos. Quedan exceptuados de las mismas para dicha base de cálculos del porcentual antes mencionado los siguientes rubros y conceptos variables: comisiones, horas extras, presentismo Art. 40 del CCT N° 130/75, premios otorgados individual o colectivamente que no resumen fijos y permanentes y rubros no remunerativos. Su forma de abonarlo:

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