anticipos ganancias 2007

Vence plazo para la presentación de Ganancias y Bienes Personales

El día 30 de junio vence el plazo para que los contribuyentes inscriptos en los Impuestos Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales realicen su presentación ante la AFIP. El original vencimiento de dichos impuestos fue en el mes de abril o mayo pero la AFIP, extendió el plazo para la presentación debido al cambio de aplicativo, para tener mas tiempo de preparar la correspondiente Declaración Jurada Esquema de Vencimientos: Personas Físicas domiciliadas en el país con ingresos provenientes exclusivamente de su trabajo en relación de dependencia, jubilaciones o pensiones, deberán responder a las siguientes condiciones: Terminación de CUIT Presentación y Pago de corresponder Generación de la DDJJ Todas 30/06/2008 Aplicativo: Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión  9.0Servicio con “Clave Fiscal” […]

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Se podrá pagar Ganancias y Bienes Personales, con tarjeta de crédito

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, ya tiene la vista puesta en la liquidación 2008 del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Por esa razón decidió simplificar el pago de los anticipos en Ganancias y Bienes Personales correspondientes al ejercicio actual. Desde el 1º de junio –fecha que da comienzo al ingreso de los pagos a cuenta en los tributos,  las personas físicas podrán optar por cancelarlo a través de la tarjeta de crédito. Desde el próximo 1º de junio, se podrá cancelar mediante tarjetas de crédito: Las obligaciones vinculadas con el régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico. Los anticipos del impuesto a las Ganancias correspondientes a personas físicas y sucesiones indivisas. Los anticipos

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AFIP, Impuesto a las Ganancias, excepciones

La AFIP publico la Resolución General Nº 2.455 el día 30 de mayo de 2008, mediante la cual establece en relación al impuesto a las Ganancias que los siguientes contribuyentes se encuentran excluidos de ingresar los anticipos: Quienes perciban ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.  Los Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.  Los socios de las sociedades, cooperativas, que trabajen personalmente en la explotación, por los servicios prestados (incluyendo el retorno percibido). Quienes juntamente con los ingresos indicados precedentemente obtengan, otras rentas por las cuales el beneficiario haya adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las

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