Aportes autónomos Beneficio debito automático
La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.614 de 2008 establece que los trabajadores autónomos que realicen los pagos del aporte personal mediante debito automático en cuenta bancaria, se considerará pago en termino la cancelación de la diferencia entre el nuevo y el anterior valor- de la posición mensual marzo de 2009, que se debitará el 27 de mayo de 2009. En caso de haber abonado un pago por intereses resarcitorios por ventanilla bancaria, dicho interés podrá ser utilizado como saldo de libre disponibilidad.
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