Trabajadores Autónomo – Nuevo importe como debo proceder para el pago
La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución general Nº 2585/09 informo que si bien los trabajadores Autónomos están informados de la modificación de los aportes mensuales devengados a partir de marzo de 2009 con vencimiento abril del 2009, los bancos no tienen habilitados los nuevos valores. Trabajadores Autónomos deben proceder de la siguiente manera: Cancelar, en el mismo acto, el valor habilitado en la entidad bancaria y luego la diferencia entre éste y el valor vigente. La diferencia se deberá abonar indicándole verbalmente el Código de Registro (CRA) de la categoría de que se trata y solicitar que se modifiqué en el sistema su valor por el que corresponde a la diferencia a ingresar. Valores Vigente
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