Incluir las Cargas Sociales en el Convenio Multilateral

La Comisión Arbitral mediante la Resolución Nº 6/2010, publicada en el Boletín Oficial el día 1º de octubre de 2010, dejo en claro que se deberán incluir las cargas sociales en el Convenio Multilateral a partir del ejercicio fiscal del año 2011, aclarando la Resolución Nº 4/2010 del mes de mayo de este  año, donde no fue especificado el momento exacto para  la vigencia de la normativa .

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