deducciones impuesto a las ganancias cuarta categoría

AFIP, Trabajadores, quienes están obligados a presentar declaración de Ganancias cuarta categoría

La AFIP dispuso que a partir del año 2007 los trabajadores en relación de dependencia que están obligados a presentar las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes al año 2008 son: Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron «exclusivamente» ingresos provenientes de relación de dependencia, y por todo concepto superiores a $144.000.- Pueden realizar la presentación hasta el día 28 de junio de 2008 con el programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales- Versión 9.0» Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron ingresos provenientes de relación de dependencia superiores a $96.000. y que además recibieron ingresos provenientes de cualquier otra actividad sin importar el monto.

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AFIP, vencimientos del impuesto Ganancias y Bienes Personales

Como ya sabemos la AFIP implemento una nueva versión aplicativa para la presentación y pago de los impuestos de Ganancias y de Bienes Personales, la cual se dará a conocer a partir del 19 de marzo, suponemos que por el poco tiempo para los vencimientos previstos para el mes de abril de 2008, debería otorgar una prorroga.   El Impuesto sobre los Bienes Personales grava el conjunto de bienes que posee una persona al 31 de diciembre de cada año. Respecto a la liquidación correspondiente al ejercicio 2007, rigen nuevas pautas al momento de calcular el tributo a ingresar.

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AFIP, Ganancias cuarta categoría presentación declaración jurada

La AFIP debido a los incrementos salariales obtenidas por las paritarias, subió el importe de los sueldos de $ 6.000.- a $ 8.000.- mensuales después de los cuales los trabajadores en relación de dependencia deberán presentar las Declaraciones Juradas unificada de Ganancias y Bienes Personales. AFIP, a partir del 19 de marzo de 2008 podrá disponible en su página Web www.afip.gov.ar el aplicativo Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales -Versión 9.0 para que los trabajadores generen las declaraciones juradas de ambos gravámenes, deberán cargar información unificada para ambos tributos. El vencimiento para la presentación es el 30 de junio si no hay impuesto a la riqueza a pagar o en abril cuando el conjunto de los bienes sea superior a

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AFIP, deducción del impuesto a las ganancias del personal de servicio domestico

La Ley 26063 (BO: 9/12/2005) establece la aplicación obligatoria del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico instituido por el Título XVIII de la ley 25239, para aquellos sujetos que prestan servicio dentro de la vida doméstica y que no importen para el dador de trabajo lucro o beneficio económico, ya sea que encuadren como empleados en relación de dependencia, según el estatuto del servicio doméstico, o como trabajadores independientes. Para la determinación del impuesto a las ganancias, las personas de existencia visible y las sucesiones indivisas, ambas residentes en el país, dadores de trabajo del personal del servicio doméstico, podrán deducir de la ganancia bruta gravada de fuente argentina del año fiscal, cualquiera sea la fuente

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AFIP, Impuesto a las Ganancias, mínimo no imponible, quienes pagan?

La Confederación General del Trabajo, CGT, esta pidiendo que se actualicen nuevamente los mínimos no imponible para el personal en relación de dependencia. El gobierno, por intermedio de la AFIP, el año pasado dispuso cambios en le mínimo no imponible entonces el siguiente es un ejemplo para tener en cuenta, y orientarlos para que sepan quienes pagan el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, personal en relación de dependencia, ahora pagan: EJEMPLOS

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Los sueldos altos bajarán, en el mes de febrero 2007, salvo por la deducción del impuesto a las ganancias.

A partir de este mes los sueldos empezarán a sentir el doble impacto. Por un lado, la suba del aporte jubilatorio, paso del 7% al 11% para los trabajadores afiliados a las AFJP y por el otro se sumará el aumento a $ 6.750.- del tope salarial sobre el cual se calcula el descuento para la obra social. En definitiva en el mes de febrero los sueldos altos sufrirán una rebaja del 5%, lo que representa entre $200.- y $300.- por mes. Mientras que unos pocos en lugar de sufrir una merma en su salario recibirán un incremento, si tenemos en cuenta el impacto de las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias.

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«Tablita» de Machinea, para calcular impuesto a las ganancias 4ta. categoría

El salario desafía la lógica, la lógica indica que quien más gana debería tener un ingreso mayor que otra persona con menor salario. Pero esta regla no siempre se cumple. Y esto ocurre porque se sigue aplicando la «tablita» de Machinea (primer ministro de Economía de la presidencia de Fernando De la Rúa) para calcular el impuesto a las Ganancias para el personal en relación de dependencia.

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Resolución General Nº 2299, AFIP, nuevas tablas de deducciones 2007, Impuesto a las Ganancias 4ta. categoría.

El día 30 de agosto del 2007 la AFIP publico la Resolución General Nº 2299, mediante la misma se modifica la Resolución General 1261 del Impuesto a las Ganancias, Rentas del Trabajo Personal en Relación de Dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención.

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