pago en cuotas bienes personales

Ley Nº 26.476 Título III – Exteriorización de tenencias, divisas o bienes – Nuevo plazo especial de presentación

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante Resolución General N° 2593/09 relativa a la Ley Nº 26.476, título III – Exteriorización de la tenencia de moneda nacional, extranjera, divisas y demás bienes en le país y en el exterior, establece un plazo especial para la presentación hasta el día 31 de agosto de 2009, inclusive.

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Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales – Nuevo aplicativo 2009

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2594/09, relativa al  Impuesto a las Ganancias Personas Físicas y sobre los Bienes Personales, aprobó  el programa aplicativo unificado denominado “GANANCIAS PERSONAS FISICAS – BIENES PERSONALES – Versión 10.0”, el que deberá ser utilizado para determinar e ingresar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2008 y siguientes.

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Impuesto sobre los Bienes Personales – Modificaciones

La Ley Nº 26.452 publicada en el boletín Oficial el día 16 de diciembre de 2008 introdujo las siguientes modificaciones en el Impuesto sobre los Bienes Personales: Aplicación del Mínimo Exento de $305.000.- Sustituye el inciso I) del articulo 21 de la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales.  Articulo 21 inciso I) “Los bienes gravados excepto los comprendidos en le articulo sin número incorporado a continuación del articulo 25 de esta Ley pertenecientes a los sujetos indicados en el inciso A) del articulo 17 de la presente, cuando su valor en conjunto, determinado de acuerdo con las normas de esta Ley. sea igual o  inferior a $305.000.- (Pesos: Trescientos cinco mil)

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Formularios y conceptos para el Pago de Ganancias y Bienes Personales-Declaración Jurada Anual 2008

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.592/09 estableció una prórroga en los vencimientos para las presentaciones de las Declaraciones Juradas anuales de los impuestos de Ganancias y sobre los Bienes Personales, tener en cuenta que dicha prorroga es para la presentación no así para los pagos que vence en la fecha original comenzando el día 21 de abril de 2009. El ingreso del saldo resultante de la Declaración Jurada podrá ser efectuado:

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Prorroga en el Vencimiento, para la presentación de los Impuestos de Ganancias y sobre los Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución general Nº 2.592, estableció plazos especiales para la presentación de las Declaraciones Juradas de los  Impuestos a las Ganancias Personas Físicas y sobre los Bienes Personales periodo fiscal 2008. Las personas físicas domiciliadas en el país y sucesiones indivisas radicadas en el mismo que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de Diciembre -o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores-, podrán efectuar la presentación de las declaraciones juradas correspondientes a los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales – Período Fiscal 2008, hasta las fechas que, para cada caso se detallan seguidamente:

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AFIP, vencimiento reintegro anticipo poca gente pidió su devulocion

El día domingo 10 de febrero vence el plazo otorgado por la AFIP para pedir el reintegro de los anticipos 2007 de Bienes Personales pagados, sobre un total de 300.000 contribuyentes afectados solo 3.200 pidieron el reintegro. En u7n país donde se hace difícil creer que un ente de recaudación puede devolver plata a los contribuyentes, frente a esta posibilidad para 300.000 personas, solamente y quedando apenas cinco días para que cierre el plazo, solamente 3.200 contribuyentes hicieron el trámite para que la AFIP les reintegre lo que pagaron de más el año pasado por el impuesto sobre los Bienes Personales. Los datos fríos indican lo siguiente: desde fin de diciembre pasado hasta ahora hubo solamente 3.216 solicitudes que se

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