pasos adhesión al monotributo

Rigen nuevos montos por categorías para pagar el Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2538 y en cumplimiento de la actualización de los valores establecidos por la Resolución Nro. 1765 del Ministerio de Salud del 19/12/08 se modifican los aportes domésticos. Dicha actualización se dispone en vista de la obligación establecida en el artículo 17 de la ley Nº 26063, que traslada al régimen de los monotributistas y de servicio doméstico las modificaciones que se establecen en forma periódica por el Ministerio de Salud para el Régimen General de Obras Sociales. modifico los montos a pagar por los monotributistas a partir del día 1ro. de diciembre de 2008, se incrementan las cuotas con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud, los importes […]

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Aumento en los aportes del Seguro de Salud para el Monotributo

 La Administración Federal de Ingresos  Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2538 modifico  a partir del día 1ro. de diciembre las cotizaciones con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud para los Monotributistas serán de CUARENTA Y SEIS PESOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 46,75)  Las cotizaciones previsionales fijas no son fraccionables. El pequeño contribuyente queda obligado a ingresar el total de los importes que correspondan, de acuerdo con el Código Único de Revista (CUR) generado como resultado de su empadronamiento, recategorización o de su adhesión. A efectos de su cobertura de salud y de la de cada uno de los integrantes de su grupo familiar primario incorporados al régimen, deberá ingresar:

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Monotributista vence el plazo de la recategorización

 Recordamos que hoy 7 de enero vence el plazo para la recategorización de los Monotributistas que corresponde al tercer cuatrimestre del 2008. La recategorización consiste en que el contribuyente debe calcular los ingresos brutos obtenidos, y la energía eléctrica consumida en el periodo desde el 1º de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, o durante ese lapso los meses que se hayan inscripto en el impuesto,  y,  en ciertos casos que se haya producido una modificación también en la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre de 2008. Si al realizar el calculo el contribuyente observa que hubo modificaciones tanto sean superiores o inferiores a la categoría determinada con anterioridad, debe recategorirzarse. Si no

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Paso a paso, del cese de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de Capital Federal

Los contribuyentes pertenecientes a la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Ingresos Brutos que necesiten dar la Baja Definitiva o Cese de Actividades del Régimen deben seguir los siguientes pasos: Ingreso al Sistema por primera vez Para registrar los datos solicitados por la Dirección General de Rentas, deberá: Ingresar al portal www.agip.gov.ar Otras ventanillas virtuales Ingresos Brutos Cese Lea las instrucciones de “Cese de Actividades ”y en la parte de abajo el sistema le dice Haga Clip Aquí El sistema salta a la pagina de la AFIP la cual le pide su CUIT y Clave Fiscal luego «INGRESAR»

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AFIP, Monotributistas Recordatorio Régimen Información Actividades Económicas

 Recordamos nuevamente que hoy opera el vencimientos dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  los monotributistas que se encuentran inscriptos en las categorías mas altas como la D y la E,  deberán suministrar información sobre el tipo de actividades económicas que desarrollan. El Régimen de Información de Actividades Económicas se realiza a través de Internet los pasos a seguir por estos pequeños contribuyentes son los siguientes:  Ingresar a la página de la AFIP www.afip.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal» Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá

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Monotributistas Vence 17 de noviembre la información de actividades económicas

Recordamos que el día 17 de noviembre opera el vencimiento que la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, dispuso para que los Monotributistas informen sus Actividades Económicas. Mediante el Nuevo Régimen Excepcional de Información, respecto de las actividades económicas que desarrollen los sujetos adheridos al Monotributo. Quienes están alcanzados o bien obligados a cumplir con el Nuevo  Régimen Excepcional de Información: Se encuentren obligados a adquirir el formulario Carta de Porte para el comercio de granos Revistan al 1 de octubre de 2008 en las categorías “D” o “E” del Monotributo

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Categorías de los monotributistas, limites desactualizados

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, tiene previsto aumentar las cuotas que rigen para el Régimen simplificado, Monotributo, entre un 10 y un 20% afectando de esta manera a los cuenta-propistas y empleados del Servicio domestico. Esta dedición no esta aún oficializada, como resultado de este incremento el aporte de jubilación pasará de $35 a $42 mientras que la cuota de salud del titular crecerá de $37 a $44. En tanto, para el grupo familiar primario la cuota pasa de $31 a $37.

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Monotributistas Empadronamiento

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la resolución general Nº 2.504, creo un nuevo servicio «Padrón de Productores de Granos – Monotributistas» con el fin de facilitar la identificación de los  monotributistas que operen en la comercialización de granos, y con el objeto de agilizar el análisis de las operaciones realizadas por los mismos. El «Padrón» estará integrado por los productores de granos adheridos al monotributo, que desarrollen sus actividades mediante la explotación de uno o más inmuebles (ya sean estos propios o de terceros).

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Vencimientos AFIP, Monotributistas, deberán informar sus actividades económicas

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la resolución general Nº 2.496, estableció un régimen donde los monotributistas que se encuentran inscriptos en las categorías mas altas como la D y la E y los obligados a utilizar cartas de porte para el comercio de granos,  deberán suministrar información sobre el tipo de actividades económicas que desarrollan. Este Régimen fue tomado “a fin de optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales de los responsables”. De esta forma, el fisco busca homogeneizar la identificación de las actividades que desarrollen los pequeños contribuyentes mencionados y establecer un régimen excepcional de información.

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