Titular de PNC en delegación de Anses

Situación en las que se Encuentran las Pensiones Graciables y no Contributivas

Es conveniente aclarar que las pensiones graciables  o las no contributivas son aquellas que si bien pagadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, se deben tramitar y gestionar a través del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y corresponden a las personas con discapacidad, mayor al 76% y lo determina un ajunta médica de esa institución, madre de más siete hijos y personas mayores de 70 años, todas que no reciban otro beneficio social. Existen en nuestra reglamentación prestaciones dentro del sistema general de la Seguridad Social, que se pueden dividir en: Área Contributiva: Son las que se encuentran comprendidas en el Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA, que administra ANSES y que generalmente regidas por la […]

Es conveniente aclarar que las pensiones graciables  o las no contributivas son aquellas que si bien pagadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, se deben tramitar y gestionar a través del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y corresponden a las personas con discapacidad, mayor al 76% y lo determina un ajunta médica de esa institución, madre de más siete hijos y personas mayores de 70 años, todas que no reciban otro beneficio social.

Existen en nuestra reglamentación prestaciones dentro del sistema general de la Seguridad Social, que se pueden dividir en:

Área Contributiva:

Son las que se encuentran comprendidas en el Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA, que administra ANSES y que generalmente regidas por la Ley Nº  24.241, las Cajas provinciales y las de profesionales.

Área no Contributiva:

Son las denominadas “Pensiones no contributivas” que se dividen en dos grupos de prestaciones:

A) Pensiones Asistenciales aquellas destinadas a personas consideradas con “Necesidades Básicas Insatisfechas”, N.B.I., que pueden ser de tres clases:

  1. ”Pensiones por edad avanzada” (ley 13.478 , reglamentada por decreto 582/03 ).
  2. ”Pensiones para madres de 7 hijos o más” (ley 23.746, reglamentada por decreto 2360/90).
  3. ”Pensión por Invalidez” (ley 18.910, reglamentada por decreto 432/97 ).

B) Pensiones Graciables, que son las otorgadas por diputados y senadores (ley 13.337).

Estas últimas son las instituidas por la ley Nº 13.337 del año 1948, mediante la que se establecieron disposiciones a fin de peticionar pensiones graciables al Congreso Nacional.

La Resolución Conjunta 1/12 -de fecha 29/2/2012- dictada por los Presidente del Senado y de la Cámara de Diputados de la Nación, dispuso suspender la tramitación de las solicitudes ya recibidas y dejar sin efecto la recepción de nuevas peticiones; el texto es el siguiente:

Artículo 1° – Comuníquese a los Legisladores nacionales la decisión de suspender la tramitación de las pensiones contempladas en el art. 1° de la ley 13.337. Asimismo se suspende la recepción de las peticiones de pensiones formuladas por particulares ante este Honorable Congreso.
Artículo 2° – Regístrese, comuníquese y archívese.
Firmado: Amado Boudou. Julián Domínguez.

96 comentarios en “Situación en las que se Encuentran las Pensiones Graciables y no Contributivas”

  1. Buenas tardes.quisiera por favor me digan por este medio si la pension graciable,,;:::Como se tramita para una discapacitada de 65 años.nacionalizada ya .de este pais¡¡
    desde ya muchas gracias…SARA

  2. Hola, mi consulta es la siguiente, cobro una pension graciable y quiero tramitar el salario x mi hija de 7 años, donde y como lo puedo hacer??? Ya q fui a anses y me dicen q ellos no tienen incunvencia en estas pensiones!!!!

  3. Pregunto no se si es un atrevimiento, pero me querrán decir porque hace tantos años que no me dan una respuesta por la pensión por discapacidad. Desde el año 2008 que está iniciado el trámite. Siempre me dijeron para diciembre cobras porque en diciembre salen todos los expedientes. Claro aclaro que nunca me dijeron diciembre de que año. Será tal vez en 2020 0 30? Ah! si es porque soy chileno, ya está casi lista mi nueva nacionalidad, el Expedienrte ya está en Fiscalía Federal. Ya soy ARGENTINO.

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