Empleados de comercio, aumento salarial
El gremio de empleados de comercio firmaría hoy un acuerdo salarial por una asignación no remunerativa, de pago único de $ 300.- En los últimos días las autoridades de la Cámara Argetnina de Comercio, que preside Carlos de la Vega, y la Federación de Empleados de Comercio y Servicios, que dirige Armando Cavalieri, cuyo convenio tiene alcance para alrededor de un millón de trabajadores.
El pago de la suma no remunerativa llevaría solamente los descuentos para la obra social se abonaría en tres (3) cuotas de $ 100.- cada una pagadas en los meses de enero-febrero y marzo del 2008 que están bajo el convenio.
De esta manera el sindicato mercantil pasaría a englobar la lista de los que ya firmaron acuerdos por una asignación de pago único para sus trabajadores. Todos justificaron su reclamo en el alza de precios no acorde con los salarios acordados en el año 2007.-Según el índice oficial, la inflación fue en todo el año del 8,5%, pero por lo general los economistas cuestionan ese dato -dada la metodología usada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) desde enero de 2007- y estiman que el alza del costo de vida habría duplicado ese nivel.
Hace un mes el sindicato de comercio había sorprendido cuando envió una carta al ministro de Trabajo, Carlos Tomada, para solicitar la reapertura de la negociación de su convenio colectivo, pese a que el último acuerdo logrado vence en agosto próximo. Luego, la dirigencia gremial comenzó un diálogo con los representantes del sector empresario. Tal como ocurrió con los aumentos de suma fija acordados a fines del año pasado, la parte empleadora pidió la aclaración de que los montos ahora otorgados no se contarán en la base de cálculo para futuros incrementos.
Los sindicatos comenzaran en marzo a negociar incrementos salariales y reclamarían en promedio alzas del 20% o aún más en algunos casos, tomando como referencia los sueldos de convenio tal como quedaron tras la ronda de negociaciones del año pasado.
La Nación 25/01/2008
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Junio 19, 2008 at 1:35 am
Disculpame pero en el articulo segundo 4) dice el incremento resultante en cada caso compensara hasta su concurrencia los incrementos que se hubieran otorgado por los empleadores a partir del 1º de enero de 2008 y hasta la fecha del presente acuerdo, a cuenta de esta negociacion colectiva o concepto equivalente.
Junio 18, 2008 at 9:47 am
Hola Natalia:
Por ejemplo el acuerdo firmado por los metalurgicos dice todo aumento otorgados a partir del del dia 16 de octubre de 2007, pero el de empleados de comercio no pone fecha dice aumentos otorgados, a mi parecer absorve cualquier aumento otorgado, sin importar la fecha, no se si fui clara.
gracias
Junio 17, 2008 at 7:28 pm
Es que el a cta de futuros aumentos la tengo desde julio del 2007 y no desde enero del 2008, en enero de 2008 me agregaron $124 por lo tanto yo tendria que tomar como compensatorio por el aumento del 8% los 124 no el total de el a cta de futuros aumentos que es de 359. Es asi o estoy equivocada. Mi pregunta es porque a mi me calcularon el 8% del basico, me lo sacaron de a cta de fut aum y me lo agregaron al basico; y me parece que no es lo correcto
Junio 17, 2008 at 12:57 pm
Hola Natalia:
sucede que el a cuenta futuros aumentos generalmente se absorbe con el aumento del 8% y los tickets tampoco los podes tener en cuenta ya que son no remunerativo y se van pasando el sueldo, para decirte sobre que aplicar hay que tener en cuenta el sueldo con los acuerdos internos.
garcias
Junio 17, 2008 at 3:03 am
Te hago una consulta yo tengo los siguientes conceptos en recibo de sueldo quisiera saber cuales son remunerativos o a tener en cuenta para calcular el 8%
Sueldo
A cta fut aumentos
bonnus
presentismo
inc tickets
Junio 10, 2008 at 7:28 pm
Hola Jose Luis:
El día 2 de junio esta publicada en el sitio una planilla excel, la cual podes bajar y calcular tu sueldo del mes de junio y el 25% que se debe pagar como suma excepcional no remunerativa, es lo único a cobrar, las demas sumas no remunerativas no llevan aguinaldo, o sea el aguinaldo se calcula sobre lo cobrado en bruto pero remunerativo.
gracias
Junio 10, 2008 at 12:26 pm
Con el último incremento, como se deberia liquidar el aguinaldo sobre los conceptos no remunerativos
Mayo 19, 2008 at 7:30 pm
Hola Mica:
El aumento es para todos los que estaban trabajando el dia 8 de abril que es cuando se firmo el acuerdo, pero igualmente pienso que si estas por contrato no te conviene reclamar nada, si no te lo dan, mejor no lo reclames ya que de lo contrario no te van a renovar el contrato.
suerte gracias
Mayo 19, 2008 at 5:43 pm
Hola..
Yo empece a trabajar en el mes de Abril…y no recibi nigùn aumento…tengo un contrato por seis meses a prueba..me corresponde el aumento o no???no corresponde por no tener antiguedad???por favor, si me podrian responderr..
saludos!!!
Mayo 19, 2008 at 3:34 pm
Hola Alvarito:
Si es así.
gracias
Mayo 19, 2008 at 3:10 pm
hola Graciela.
A ver si entendí.
A mi me estan pagando como sueldo bruto un importe mayor al de Convenio para mi categoria. Y en mi recibo figuran por separado los aumentos de convenio con la leyenda “a cuenta futuros aumentos”
Puede ser que esto sea motivo para que me absorvan el plus por antiguedad ?
Gracias.
Mayo 15, 2008 at 5:37 pm
Hola alvarito.
El porcentaje de antiguedad se va a pagar siempre, y se paga el porcentaje del basico, si te pagan de mas y en un rubro separado o en el basico, pueden absorverlo en los aumentos que va dando el sindicato, no se si fui clara y me entendiste, si no volve a preguntarme.
gracias
Mayo 15, 2008 at 2:08 pm
Hola Graciela.
Tengo dos consultas respecto del plus por antiguedad.
1) El plus del 0.50 % se percibe todos los meses o solo una vez en el año ?
2) Yo tengo un sueldo superior al Basico de Convenio.Esta situacion exime al Empleador de pagar el plus por antiguedad o los aumentos de sueldo ?
Mayo 13, 2008 at 11:37 pm
Hola! Quisiera saber cuando van a pagar el 8% mas los $ 100 del ultimo aumento. Dijo mi empleador que la ley todavia no esta homologada y que recien cuando lo este vamos a cobrar esto. Desde ya agradezco la respuesta.
Mayo 10, 2008 at 2:38 pm
Hola Roberto:
La antiguedad empieza a pagarse en forma separada a partir junio, voy a publicar otra planilla excel, en la cual cargando tus datos vas a poder liquidar tu sueldo.
Ejemplo 15 x 0.5= 7.5% de un basico de $1000.- antiguedad = $75.-
muchas gracias
Mayo 10, 2008 at 2:26 pm
Favor explicar como se calcula la antiguedad ( en mi caso 15 años )
Tomar como base un sueldo imaginario de 1000 $ para entenderlo mas facilmente.
Desde ya muchas gracias
Yanicele
Mayo 10, 2008 at 10:18 am
Hola Julieta..
Vas a tener los otros tambien, es para todos los que se encuentran en actividad en abril.
gracias
Mayo 9, 2008 at 5:40 pm
Hola amalia:
no puede ser que cobres menos el 23% se pasa al basico, y aparte te tienen qu epagar el 8% mas $100.- no remunerativo.
En la pagina hay una planilla excel que podes cargar tu basico y te da lo que tenes que cobrar esta publicada el día 13 de abril.
cualquier cosa preguntame nuevamente.
gracias
Mayo 9, 2008 at 11:47 am
Yo entré a trabajar a partir de Marzo de este año (2008.
El primer 8% del aumento de sueldo, lo tuve.
Voy a tener todos los aumentos siguentes?
O por tenes poca antiguedad, solo percibo ese 8%???
Si alguien me puede explicar como es el caso en mi situacion, lo agradezco.
Muchas gracias
Mayo 8, 2008 at 8:46 pm
no se que clase de aumento es este ya que lo que pasa al basico tiene descuento y con el porcentaje de las retenciones supera el aumento del 8 % no se ve el aumento acordado porque yo cobre menos que el mes pasado.
quiero una respuesta a esto